Escribano de Casas del Castañar
Escribano
Escribano real, público del número de Aldeanueva de la Vera
Escribano público y del número de Béjar
Escribano público y del número de Vadillo
Fue el vigésimo octavo Ministro del Colegio de Descalzos de la Santísima Trinidad de Redención de Cautivos de Hervás, natural de Sesma
Ministro Provincial de la Provincia de la Inmaculada Concepción de María Santísima de la Orden de Descalzos de la Santísima Trinidad Redención de Cautivos
Escribano público y del número de Plasencia
Nace en Aldeanueva de la Vera, hijo de Pedro Mateos y de Josefa Pérez
Escribano público de Hervás
Ministro General del Orden de Descalzos de la Santísima Trinidad Redenpción de Cautivos
Licenciado y cura rector de la Parroquia de Santa María la Mayor de Béjar
Dean de la Catedral de Plasencia, Provisor y Vicario General de la Diócesis de Plasencia
Presbitero y teniente de Arcipreste de Béjar
Familiar del Santo Oficio, escribano público del número de Baños de Montemayor
Escribano real, público del número de Navalmoral de la Mata
Escribano real y del número de Plasencia Manuel de Oliva
Corregidor de Plasencia y caballero de la Orden de Alcántara
Escribano del Oficio de Hipotecas de Plasencia
Escribano de Mesas de Ibor.
Escribano real, público del número de Plasencia.
Escribano y notario eclesiástico de Plasencia
Ministro del Colegio de Descalzos de la Santísima Trinidad de Redención de Cautivos de Hervás
La primera referencia que existe del Concejo Placentino es del 8 de marzo de 1189, día en el que el rey Alfonso VIII otorgó términos a Plasencia a costa del territorio de Ávila. El Concejo es el destinatario de este ordenamiento o carta poblacional (Privilegio fundamental). Está carta poblacional junto con el Fuero regulan las actividades del concejo incluidas la repoblación de su amplio territorio (alfoz) y el reparto y régimen de explotación de la tierra.
Se desconoce el lugar concreto de reunión del Concejo, aunque el Fuero determina que para celebrar los pleitos los Alcaldes se reunían los viernes en el Corral de los Alcaldes junto a la Iglesia de San Esteban. El Concejo constaba de una composición inicial de: 2 Alcaldes (alcalde de hueste y alcalde judíos),1 Juez, 2 Mayordomos, 2 Escribanos, 1 Pregón o Sayón y otros oficios menores.
La duración de estos cargos era anual excepto la del Andador y Pregonero. No se podían desempeñar dos cargos concejiles simultáneamente. Los cargos, exceptuando a los Escribanos que los designaba el Concejo, se elegían entre los habitantes de la ciudad y del arrabal que tuvieran casa y caballo. Esto dio lugar a que a lo largo del siglo XIII se forme una élite urbana que ocupa los cargos concejiles.
El Concejo gozó de un alto grado de autonomía desde su fundación hasta bien entrado el siglo XIII, identificándolo con la Asamblea de Vecinos y actuando en régimen de Concejo abierto. En esta época se registra la presencia de algunos alcaldes de designación real siendo las funciones del Alcalde Real la de procurador del Concejo
Según documentos del año 1248 existían 4 alcaldes, la duplicidad de alcaldes está motivada por el aumento de pobladores de la ciudad. En 1338 aparecen las primeras referencias a la figura del Alguacil, aunque sin competencia claramente definida, así como a los personeros y a los procuradores, aumentando de cuatro a cinco Alcaldes, para posteriormente ser derogado a cuatro nuevamente.
Alfonso XI confirma del ordenamiento del Concejo a través de su privilegio de confirmación de 1346. Este ordenamiento corrobora el paso de concejo abierto de la etapa inicial al regimiento o concejo cerrado, dando amplios poderes a 12 caballeros, regidores y escuderos; de éstos había dos alcaldes elegidos por el Barrio de San Martín y dos elegidos por el Barrio del Salvador; además había un juez, que se elegía de manera anual, entre los mismos de manera alterna siendo el lugar de reunión en las casas del cabildo de la calle del Chantre, celebrándose los juicios los martes y viernes en la iglesia de San Esteban. Este privilegio recoge la composición del Concejo, funcionamiento, y competencias de sus oficiales y salarios. En 1379 Juan I redujo el número de regidores de doce a ocho.
En 1442 Juan II entrega la ciudad al señorío de Stúñiga (Zúñiga) dejando de ser ciudad de Realengo y el 15 de enero de 1442 en San Esteban en el corral de los Alcaldes fue recibido Pedro de Stúñiga por el cabildo, el concejo y algunos nobles.
Los enfrentamientos entre los nobles de Plasencia hizo que el Concejo se relajara de responsabilidades de sus funciones, esto provocó que la mayoría de la ciudadanía aceptara sin oposición la cesión de Plasencia como villa señorial.
El 20 de octubre de 1488 toma posesión de Plasencia el Rey Fernando el Católico, en la puerta de la catedral ante el cabildo, el concejo y gentes de la ciudad, prometiendo no volver a enajenar a la ciudad de la jurisdicción real, y guardar su fuero y privilegios; confirmándose a Plasencia como ciudad de realengo por medio de un privilegio incorporando la Ciudad a la Corona
Los Reyes Católicos aumentan el número de Regidores a 16 con cargos vitalicios. En 1589 aumenta a 29 regidores y en el S.XVII a 46 regidores
En 1494 se solicita a los Reyes Católicos la ampliación de las dependencias del Concejo. Se derriba la Casa de las Gradas y no se construyen las nuevas instalaciones hasta el primer tercio del siglo XVI, por el conflicto que hubo con la falta de liquidez del Concejo y propietarios de las casas aledañas.
Aunque Plasencia pasa a realengo el concejo sigue siendo controlado por los clanes nobiliarios, que mediante vínculos matrimoniales habían dado lugar a redes familiares para proteger sus privilegios, existiendo continuos enfrentamientos entre los miembros del Concejo y los habitantes de su tierra, donde solamente estaban de acuerdo para enfrentarse contra el Real Consejo de la Mesta.
En el siglo XV la ciudad vivió un floreciente momento en el que el Concejo y los nobles laicos y religiosos, potenciaron la actividad constructiva con la remodelación o edificación de casas fortalezas, conventos, hospitales, parroquias y la catedral nueva.
Durante el siglo XVI Plasencia experimentó un enorme impulso demográfico, constructivo y social; por ello se amplía el ayuntamiento y se construye el acueducto. A finales de esta centuria se inicia un lento pero continuo declive, debido a la crisis del Imperio Español, al hambre y epidemias que provocó una elevada mortandad en la ciudad
En el siglo XVII, Plasencia entra en una etapa de estancamiento: expulsión de los moriscos, emigración a América, etc. La actividad constructiva se ralentiza si bien se construye la Cárcel Pública.
En el año 1653 la ciudad de Plasencia decidió comprar el voto en Cortes que anteriormente había tenido, compra que realizó junto con Trujillo, Cáceres, Mérida, Badajoz y Alcántara formando por primera vez la Provincia de Extremadura.
Asimismo en 1661 el concejo placentino compra a la corona los lugares de Cabezuela, Losar, Robledillo, Toril, Majadas y Talayuela, produciéndose una relación de señorío con respecto a estas villas (controlándolas a través de los nombramientos de los cargos y oficios concejiles).
La situación del Ayuntamiento en el Siglo XVIII es igual al siglo anterior, la participación de los vecinos en el gobierno municipal era nula, por perder influencia al pasar la titularidad de los oficios concejiles a manos de una minoría que podía venderlos, transmitirlos por herencia e incluirlos en su mayorazgo.
Los cargos municipales mas importantes estaban constituidos por el Corregidor y el Alcalde Mayor como ciudad realenga cabeza de partido y subdelegación de rentas reales, pósitos y montes.
El corregidor, aunque es una figura que surge con Alfonso XI y se consolida con los Reyes Católicos como representante real en los grandes concejos. En esta época se amplían sus funciones, las cuales eran políticas, judiciales y militares, preside el ayuntamiento y cuida la observancia de las ordenanzas municipales, es responsable del orden público y gestión policial con el Alcalde Mayor, y a partir de 1778, con los 4 alcaldes de barrio, encargados de los 4 barrios en que se divide la ciudad. El corregidor y en su defecto el alcalde mayor actúa en todas las causas civiles y criminales, correspondiendo la apelación de ellas a la Real Audiencia de Valladolid (hasta la creación de la de Cáceres en 1790) excepto aquella que no llega a 40000 reales, que es ante el Ayuntamiento.
El corregimiento de Plasencia pertenece al de capa y espada (militares en su origen y miembros de media y baja nobleza) y permanece durante todo el siglo XVIII.
La corporación municipal también está formada por regidores, y desde el auto acordado el 5 mayo de 1766 por el procurador sindico personero, persona elegida entre los vecinos ejemplares con carácter anual y sin remuneración alguna, su papel será el de representante del pueblo en las reuniones consistoriales, presentando quejas al concejo, como la voz del pueblo y del buen abastecimiento de la ciudad.
Durante la guerra de Independencia se establece en la ciudad una Junta de Gobierno, posteriormente en el año 1833 Plasencia pierde la disputa de la capitalidad otorgándose a favor de Cáceres, incidiendo este hecho de manera negativa en el desarrollo de la ciudad.
En el Siglo XX debido al proyecto de Maura de 1907 dejo al gobierno y administración de los municipios a los ayuntamientos y fortaleció la posición de los alcaldes. El estatuto municipal de 8 de marzo de 1924 introdujo una serie de reformas, en los ayuntamientos que extienden su jurisdicción al ámbito del término municipal en que radica con “capacidad jurídica plena” y “ amplia competencia” subordinada tan solo a las leyes generales del reino. Además de ser el origen de las Comisiones Permanentes (actuales Juntas de Gobierno Municipal) y del Pleno Municipal como se conoce en la actualidad. La Ley de 15 de septiembre de 1931 derogó parcialmente el Estatuto, salvo en lo referente a los funcionarios, al régimen jurídico y a las haciendas locales.
Actualmente las leyes fundamentales que regulan el funcionamiento de los ayuntamientos son:
Ley 7/1985, de 2 de Abril, reguladora de las bases del Régimen Local.
Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de Abril, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local
Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y sus posteriores modificaciones.
La hermandad se erigió en el Colegio de Descalzos de la Santísima Trinidad de Redención de Cautivos de Hervás el 18 de agosto de 1680 estando congregados los alcaldes ordinarios de Hervás Gabriel Sánchez y Diego Martín, los regidores Diego Gil y Alonso Esteban, el licenciado Luis Pérez de Aguilar, cura rector de Malpartida de Plasencia, Lorenzo Muñoz familiar del Santo Oficio, entre otros.
VII Duque de Béjar desde la muerte de su padre en 1619. Ostenta también los títulos de VIII Marqués de Gibraleón, X Conde de Belalcázar, VIII Conde de Bañares, IX Vizconde de la Puebla de Alcocer, Justicia Mayor y Alguacil Mayor Hereditario del Reino de Castilla, Grande de España y caballero del Toisón de Oro, mecenas literario del Quijote de Cervantes y de las Soledades de Góngora. Sucedió en la Casa ducal a su padre, muerto en accidente de caza, en diciembre de 1619.
Presidente del Colegio de Descalzos de la Santísima Trinidad de Redención de Cautivos de Hervás
Provisor y Vicario General de la Diócesis de Plasencia
La Sala de Alcaldes de Casa y Corte fue la conocida como Quinta Sala del Consejo de Castilla, junto a las salas primera y segunda de Gobierno, la Sala de Mil y Quinientas, la de Justicia y la de Provincia. Al Consejo de Castilla le correspondió la suprema jurisdicción de todo lo tocante a justicia y gobierno desde su fundación en las Cortes de Valladolid en 1385 hasta su abolición en el año 1834. Aunque dependiente del Consejo, la Sala de Alcaldes tuvo una serie de peculiaridades que hicieron que fuera una institución relativamente autónoma. Creada como organismo por los Reyes Católicos en 1480, tiene su precedente en los Alcaldes del Rastro, que acompañaban desde 1351 a los reyes castellanos en sus desplazamientos y que se encargaban de reforzar la justicia de los lugares donde residía el rey con sus oficiales. La villa elegida por el monarca y cinco leguas a su alrededor constituían la corte o rastro del rey. La composición de la Sala de Alcaldes varió mucho hasta 1715, año en el que el número de sus jueces quedó fijado en 12. Además de los jueces o alcaldes locales, formaban la Sala un fiscal, un agente fiscal, escribanos de cámara, relatores, escribanos oficiales, un abogado, procuradores de pobres, porteros y alguaciles. Siempre estuvo presidida por un gobernador, ministro del Consejo de Castilla, con el apoyo del alcalde decano. Tenía jurisdicción en los lugares donde residiese el rey y sus consejos. Mientras la corte fue itinerante acompañó siempre los desplazamientos reales. En 1561 se instaló con los demás consejos en Madrid, actuando sobre la Villa y Corte y los lugares comprendidos en un radio de cinco leguas, hasta que en 1803 Carlos IV amplió la jurisdicción de la Sala a diez leguas. Para el logro de una mayor eficacia en el cumplimiento de los cometidos de la Sala, el territorio de su jurisdicción se encontraba dividido en varios cuarteles, al cargo cada uno de ellos de un alcalde que residiese en él. Las competencias de la Sala fueron muy diversas. En cuanto a las de tipo judicial, tenía funciones como tribunal criminal y como tribunal civil. Los alcaldes actuaban como jueces ordinarios y juzgaban las causas civiles en primera instancia hasta cierta cantidad; sus apelaciones se presentaban ante el Consejo de Castilla. Funcionó igualmente como tribunal de apelación de las causas civiles vistas por los tenientes de corregidor de la villa de Madrid. La Sala también tenía jurisdicción criminal, en este caso de manera absoluta y suprema, sin apelación ni súplica para sus sentencias. Conocía por ello la apelación de las causas criminales juzgadas en primera instancia por los tenientes del Corregidor de Madrid y de todas las causas de hurtos, robos y otros delitos. Amplias eran también las competencias gubernativas. Básicamente, le correspondían el gobierno económico y político de la Villa y Corte -que compartía con el Ayuntamiento y la Superintendencia de Policía-, con lo que quedaban bajo su supervisión muchos aspectos de la vida cotidiana de Madrid: abastecimientos y precios de productos, limpieza y policía urbanas, cárceles, higiene y salud pública, vigilancia de calles y establecimientos públicos, mesones y posadas, recaudación de fondos y su distribución, funcionamiento de los hospitales de Madrid, asilos de mendicidad y escuelas, levas y reclutamiento, organización y mantenimiento del orden en los espectáculos públicos de Madrid (toros, teatros, fiestas y procesiones religiosas o grandes solemnidades de la Corte). Otros asuntos de los que conocía la Sala de Alcaldes excedían claramente el territorio de su jurisdicción, tales como negocios referentes a toda la nación y causas de especial importancia, o autos criminales ya empezados por los justicias de los pueblos situados fuera del rastro de la Corte. Por último, como quinta Sala del Consejo de Castilla asistía a las consultas de los viernes con el Monarca, participaba junto al Consejo en las ceremonias de la Corte y tenía facultad de consultar al Rey asuntos de su competencia. La Sala de Alcaldes, como la mayoría de las instituciones del Antiguo Régimen, incompatibles con el principio de separación de poderes por su combinación de atribuciones administrativas y judiciales, fue suprimida en 1834, con el triunfo del liberalismo.
Reina de Castilla, reina consorte de Aragón, Mallorca, Valencia, Sicilia y condesa consorte de Barcelona, reina consorte de Nápoles.
Nació en Madrigal de las Altas Torres (Ávila), el 22 de abril de 1451 y falleció en Medina del Campo, el 26 de noviembre de 1504.
Hija del rey Juan II de Castilla y de Isabel de Portugal. Contrajo matrimonio con Fernando de Aragón (hijo del rey Juan II de Aragón), en Valladolid, el 19 de octubre de 1469. Tuvieron cinco hijos: Isabel, reina de Portugal; Juan, príncipe de Asturias; Juana, reina de Castilla y Aragón; María, reina de Portugal y Catalina, reina de Inglaterra.
Fechas de reinado:
Reina de Castilla: 1474-1504
Reina consorte de Aragón, Mallorca, Valencia, Sicilia: 1479-1504
Reina consorte de Nápoles: 1494-1504
La política matrimonial llevada a cabo por Isabel y Fernando casando a sus hijos con príncipes herederos de otros reinos supuso la expansión territorial de sus dominios en el futuro.
La Guerra de Granada puso fin a la presencia árabe en España y se materializó en enero de 1492 con el entrada de los RRCC en la ciudad. Ese mismo año se decretó al expulsión de aquellos judíos que no se convertían al cristianismo consiguendo así, la unidad religiosa de sus territorios. También en octubre de 1492 Cristobal Colón arribó a América en una expedición que había sido financiada por la reina Isabel. Nebrija publicó ese año su "Gramática". Por todo ello, este momento histórico supuso la cúspide del reinado de Isabel y Fernando.
Rey de Aragón y de Castilla.
El 10 de mayo de 1452 nacía en la localidad zaragozana de Sos, el hijo primogénito del rey aragonés, Juan II y su segunda esposa, la castellana Juana Enríquez, hija de don Fadrique Enríquez, almirante de Castilla. Las Cortes de Calatayud, le juran como heredero de la corona de Aragón en 1461, tras la muerte de su hermanastro Carlos, el príncipe de Viana. Antes de su matrimonio, conocemos su relación con una tal Aldonza Roig, fruto de la cuál nacerán dos hijos: Alfonso -que será nombrado años más tarde, arzobispo de Zaragoza y Virrey de Aragón- y Juana -futura esposa de don Bernardino Fernández de Velasco, condestable de Castilla-.
En 1468 fallece doña Juana Enríquez y el príncipe Fernando, es nombrado corregente del reino aragonés y rey de Sicilia, posiblemente, para dotar al joven, de un reino con el que fortalecer su próximo matrimonio con Isabel de Castilla, princesa de Asturias, en esos momentos. El 7 de enero, se firma un protocolo, entre los futuros esposos, por el que Fernando, se compromete a actuar en estrecha colaboración con Isabel y adoptar las decisiones en común. El enlace, no satisface al rey Enrique IV de Castilla, por lo que se realizará de incógnito. Fernando, parte a tierras castellanas, en octubre de ese año y el día 19 se celebrará el matrimonio, oficiado por el arzobispo Carrillo, quien proporciona a la pareja una dispensa papal falsa, necesaria por tener como antepasado común, al rey Juan I de Castilla. Esta situación será regularizada por el papa Sixto IV en 1471.
En 1479, Fernando sube al trono aragonés a la muerte de su padre, el rey Juan II. El 26 de noviembre de 1504, Isabel fallece en Medina del Campo, dejando como heredera de Castilla, a su hija Juana. Fernando, se hace cargo de Castilla como regente, hasta la llegada de los nuevos reyes, que están en Flandes. Empieza ahí una lucha entre Felipe el Hermanoso, esposo de su hija Juana y Fernando, por hacerse con el poder efectivo en Castilla.
En 1505, en un intento de mejorar su relación con el monarca francés, Fernando contraía matrimonio con la sobrina de éste, Germana de Foix. El matrimonio se celebró en Valladolid el 18 de marzo de 1506 y a los pocos meses, Fernando abandona Castilla rumbo a sus posesiones de Aragón. No obstante, la muerte de Felipe de Habsburgo, el 25 de septiembre de 1506, vuelve a poner de nuevo a Fernando, en la órbita castellana. Cisneros, decide llamar a Fernando en calidad de regente, iniciándose la segunda regencia que abarcará, entre 1507 y 1516. La energía caracteriza, este segundo período de regencia, imponiendo fuertes castigos a la nobleza levantisca, siendo el episodio más destacado, la invasión de Navarra en 1512. La invasión del reino vecino, se encuadra en las luchas contra Francia, ya que el pequeño estado, era un fiel aliado francés.
Antes de morir Fernando, redactó dos testamentos; en el primero de mayo de 1512, dejaba al infante Fernando, como regente en espera de la llegada de Carlos I, que se haría cargo del reino en nombre de su madre, Juana. Sin embargo, este testamento será modificado en enero de 1516, al designar al Cardenal Cisneros, como regente de Castilla. En un delicado estado de salud, Fernando emprendió un viaje a Andalucía, para organizar una gran armada contra los turcos pero antes de llegar la comitiva regia a Madrigalejo (Cáceres) el rey fallecía.
Escribano de Jaraicejo
Nacido como Hugo Boncompagni, era hijo de un mercader acomodado. Cursó estudios de derecho en la Universidad de Bolonia e impartió clases en la misma entre 1531 y 1539. Se trasladó luego a Roma donde inició su carrera eclesiástica al servicio del cardenal Parisio. Tuvo ocasión de acompañar al legado pontificio, Carlos Caraffa, en sus misiones a la corte francesa y de Bruselas. Nombrado obispo de Veste, participó en la última etapa del Concilio de Trento. Creado cardenal en tiempos de Pío IV y puesto al frente de la secretaría de Breves con Pío V. En su elección como papa en 1572 pesó el apoyo decidido de Felipe II. En lo referente a la política exterior durante su pontificado cabe destacar la imposibilidad de formar una liga contra el turco, así como el fracaso en sus intentos por destronar a Isabel I; no obstante, su apoyo a Felipe II en los Países Bajos se vio recompensado cuando, tras la paz de Arrás en 1579, las provincias meridionales volvieron a la obediencia del Rey Católico. En lo referente a su política eclesiástica impulsó la aplicación efectiva de los decretos tridentinos. Abordó un proceso de regeneración espiritual apoyándose, sobre todo, en las nuevas órdenes religiosas como los jesuitas y los capuchinos; también confirmó la reforma de las carmelitas descalzas impulsada por Santa Teresa de Ávila. Además, en su deseo de mejorar la formación del clero, impulsó la creación de colegios romanos y manifestó un interés destacado por la expansión misionera en Asia y América.
Hijo de Camilo Pamphili y María Flaminia de Bufalo. Cursó estudios en el Colegio romano de los jesuitas y más tarde, la carrera de derecho en la Universidad de la Sapienza donde se doctoró en ambos derechos. Se ordenó sacerdote e inició una meteórica carrera en la curia romana. En 1601 era abogado consistorial y en 1604 auditor de la Rota en sustitución de Jerónimo Pamphili. Allí trabó amistad con Alejandro Ludovisi, que fue Pontífice con el nombre de Gregorio XV. Nuncio en la corte de Nápoles, en 1625 acompañó a Francisco Barberini en su legación a Francia y España. En 1626 era nombrado patriarca de Antioquía y en marzo de ese mismo año, nuncio en España. Elevado a la condición de cardenal in pectore en 1627, el nombramiento se hizo oficial en 1629.
Volvió a Roma en 1630. A la muerte de Urbano VIII, en 1644, fue elegido Papa en un cónclave dividido entre los partidarios de los Habsburgo y de Francia, y en el que España logró imponer a su candidato. Ante el rechazo que su elección causó en Mazarino, Francia retiró al embajador francés en Roma e Inocencio X respondió promocionando a cardenales con posturas anti- francesas. No obstante, la situación acabó por reconducirse.
Durante su Pontificado se firmó la Paz de Westfalia (1648) que motivó su Breve Zelus Domus en el que declaraba nulas las disposiciones contrarias a la Iglesia. Apoyó la labor misional en Asia e impulsó una reforma monástica en Italia. Por otro lado, declaró heréticas cinco tesis del corpus doctrinal del jansenismo.
Provisor y Vicario General de la Diócesis de Plasencia
Nacio en Vignanello, ordenado el 29 de septiembre de 1662, inquisidor en Malta, Arzobispo de Corinto en 1668, nuncio en Austria, Polonia y en España en 1670, cardenal en 1675
X Duque de Béjar desde la muerte en 1660 de su padre. Ostenta también los títulos de IX Marqués de Gibraleón, XIII Conde de Belalcázar, XI Conde de Bañares, XII Vizconde de la Puebla de Alcocer, VII Duque de Mandas y Villanueva, VI Marqués de Terranova, I Duque de Plasencia, Marqués de Ayamonte, Justicia Mayor y Alguacil Mayor Hereditario del Reino de Castilla, Caballero de la Orden del Toisón de Oro.
Muere durante el asalto a la ciudad de Buda.
Fue párroco de Becedas y Palacios. Nace en Cabezuela del Valle.
Nace en Béjar
Párroco de Valverde de Béjar y su anejo Peromingo.
Nace en Logrosán
Fue nombrado ecónomo de la Iglesia parroquial de Aldeacentenera el 21-06-1861-
Previa oposición párroco de Campo Lugar el 05-11-1853
Párroco de Madrigalejo el 05-08-1857
Párroco de Casas de Belvís (Oposiciones de 1857)
Párroco de Talaván el 10-05-1860 hasta 1877
Nace en Zarza de Granadilla.
Párroco de Barrado desde 1857
Nace en Santiago de Gayoso, (Lugo). Capellán del Hospital Civil y Militar de Salamanca.
Párroco de La Cumbre
Párroco de Medina de las Torres.
Arecediano de la Catedral de Santa María de Plasencia
Canónigo de la Catedral de Santa María de Plasencia
Canónigo penitenciario de la Catedral de Santa María de Plasencia
Canónigo lectoral de la Catedral de Santa María de Plasencia
Rector del Seminario Diocesano de Plasencia
Párroco de Valdefuentes (Cáceres), desde 1850. Exclaustrado
Nace en Robledillo de Trujillo.
Nombrado ecónomo de Herguijuela en 1856
Nombrado ecónomo de Losar de la Vera en 1858
Nombrado ecónomo de Campillo de Deleitosa en 1862