Corregidor de Béjar
Político y noble español. III duque de Alba. Llamado "El Gran Duque de Alba". Hijo primogénito de García Álvarez de Toledo (primogénito del II duque de Alba) y de Beatriz Pimentel, hija del conde de Benavente. Se convierte en heredero del ducado en 1510, cuando su padre, García, muere en el sitio de Bugía. Educado por Juan Boscán y Garcilaso de la Vega. Nombrado corregidor de Fuenterrabía a los 17 años por su participación en el levantamiento del sitio de la plaza por los franceses. Casa en 1529 con su prima María Enríquez, hija del conde de Alva de Liste. Se convierte en III duque de Alba de Tormes a la muerte de su abuelo Fadrique en 1531. Sirve a Carlos V como asesor militar durante toda su vida. Miembro del Consejo de Estado. En 1548 es nombrado mayordomo de la casa del príncipe Felipe (futuro Felipe II), al que acompañará en sus viajes por Europa (1548-1551) así como en su boda en Inglaterra (1554) con María Tudor. Capitán general del ejército imperial en Italia en 1556. Comandante de los Tercios Viejos en Flandes durante la sublevación de 1566, se encargará de una severísima represión en Holanda en 1567 (Tribunal de los Tumultos), convirtiéndose en la práctica en virrey de los Países Bajos (la infanta Margarita de Parma, gobernadora en nombre de su hermano Felipe II, se retirará del gobierno ante las facultades de gobierno y justicia que el rey concede al duque de Alba). Permaneció gobernando los Países Bajos hasta 1573. Con más de 70 años será llamado a comandar las tropas de Felipe II que invadirán Portugal en 1580 para asegurar la corona a Felipe II. Murió en Lisboa, ejerciendo como virrey de Portugal, en 1582.
Escribano real y del número de Béjar
Hijo de Francisco de Béjar y de Jacinta de Villalobos Centeno y Escudero, nace en 1678.
Hermano de Juan de Béjar Centeno, clérigo, abad y contador mayor del ducado de Béjar.
Fue tesorero del duque de Béjar, al igual que lo fue su padre.
Casó con María Jacinta Paredes Valcárcel y fueron padres de Diego Ignacio de Béjar Paredes, contador mayor de la Casa de Béjar.
Falleció en 1735.
Escribano real y del número de Béjar
Corregidor de Béjar
Auditor de guerra y juez de primera instancia de Béjar
Escribano público de Puerto de Béjar
Corregidor de Béjar
Escribano público de número de Béjar
Escribano en Santibáñez de Béjar
Escribano público y del número de Béjar
Escribano del Oficio de Hipotecas de Montemayor del Río
Abogado de los reales consejos y Corregidor Mayor de Béjar
Escribano en el Oficio de Hipotecas de Béjar
Corregidor de Béjar
Escribano público y de número de Béjar
Fue canónigo doctoral de la Catedral de Salamanca, del gremio y claustro de la Universidad de Salamanca, catedrático de vísperas de leyes, juez metropolitano y vicario de la provincia compostelana y Obispo de Osma en 1745
Escribano público, notario público y apostólico de Puerto de Béjar
Escribano público del número de Béjar
La Real Chancillería de Valladolid funcionó durante buena parte de la Edad Media y durante toda la Edad Moderna como el más alto tribunal de justicia de la Corona de Castilla para los territorios situados al norte del río Tajo, si exceptuamos las competencias que en materia de justicia tenía encomendadas la Sala de Justicia del Consejo de Castilla (Sala de las Mil y Quinientas). Los orígenes remotos de la Audiencia se sitúan en la obra legislativa de Alfonso X, prólogo de un largo proceso institucionalizador que se prolongó a lo largo de la Baja Edad Media y cuyos principales hitos fueron la política reformista introducida por la dinastía Trastámara y el reinado de los Reyes Católicos. La creación y la primera regulación legal de la Audiencia se deben a Enrique II (Cortes de Toro, 1371), que establece un tribunal de instancia y órgano judicial supremo, si bien sus competencias no quedan todavía claramente definidas. Durante el reinado de su sucesor Juan I se procede a la delimitación de las competencias judiciales entre la Audiencia y el recién creado Consejo Real (cortes de Briviesca de 1387 y de Segovia de 1390) quedando configurada la Audiencia como máxima instancia judicial salvo en los casos en que proceda el denominado "Recurso de Segunda Suplicación" ante el Consejo, para cuya interposición se exigía que el pleito se hubiera iniciado ante los oidores de la Audiencia, que fuera "muy grande" y que el recurrente hubiera entregado una fianza de mil quinientas doblas. Los reinados siguientes (Enrique III, Juan II) no introdujeron novedades sustanciales, salvo la progresiva sedentarización de la Audiencia en Valladolid, y el inicio de la cohabitación entre la Cancillería y la Audiencia, que traerá como resultado la identificación entre ambas instituciones y el nombre con el que se conocerá al tribunal en el futuro: "Real Audiencia y Chancillería". Durante el reinado de los Reyes Católicos culmina el proceso institucionalizador, quedando definitivamente configurada la planta y atribuciones del tribunal mediante diversos textos legales (Ordenamiento de Toledo de 1480 y sobre todo Ordenanzas de la Chancillería de Medina del Campo de 1489). Dicha planta y atribuciones se mantendrán en lo sustancial a lo largo de toda la Edad Moderna, siendo la principal novedad de este período el reajuste del inmenso área jurisdiccional del tribunal con la creación en Ciudad Real de una nueva Audiencia con competencia para todos los territorios situados al sur del río Tajo (1494), Audiencia que se establecerá definitivamente en Granada a partir del año 1505. Tras el paréntesis de la Constitución de 1812, la supresión definitiva de la Real Chancillería es fruto de la gran reforma de la Administración Central subsiguiente a la muerte de Fernando VII y al establecimiento definitivo de Liberalismo. La separación de poderes y la racionalización de las instituciones que preconiza esta doctrina política se traduce en el campo de la administración de Justicia en la creación de nuevos tribunales a los que compete en exclusiva la función judicial (Tribunales supremos de España e Indias, de Guerra y Marina y de Hacienda) y en la supresión definitiva de las Chancillerías de Valladolid y Granada mediante decreto de 26 de enero de 1834, por el que se crean las Reales Audiencias (posteriormente Audiencias Territoriales). Las competencias de la Real Chancillería de Valladolid serán heredadas por la Audiencia Territorial de Valladolid, con jurisdicción en las provincias de Valladolid, Palencia, León, Zamora, Salamanca.
Nació en Aranda de Duero (Burgos), fue el quincuagésimo tercer Obispo de Plasencia desde el 7 de abril de 1704 hasta el 4 de enero de 1709, anteriormente lo era de León. Catedrático de la universidad de Salamanca, Juez metropolitano de la Provincia de Santiago, Presidente de la Chancillería de Valladolid. Oidor, Consejero y Regente del Consejo de Navarra
Escribano público de Puerto de Béjar
Nació en Burgos, fue el vigesimosegundo Obispo de Plasencia desde el 2 de julio de 1423 hasta el 10 de agosto de 1446 que fue trasladado al Obispado de Sigüenza, oidor de la Audiencia Real y Consejero del Consejo Real
Escribano público y del número de Béjar
Escribano público y de número de Béjar
Escribano de Béjar
Escribano público y de número de Béjar