Nace en Plasencia, hijo de Fermín Aceves y de María Carrillo
Nace en Plasencia, hijo de Pedro Acevedo y de Tomasa Galindo
Escribano de Plasencia
Nace en Plasencia, hijo de Marcos Aceves Galindo y de María Ginés Ovejero
Nació en Cuenca, fue el tercer Obispo de Plasencia desde 1234 hasta 1262. Estableció el primer Estatuto del Cabildo de la Catedral aprobado en Asís por el Papa Inocencio IV el 24 de mayo de 1254
Nace en Plasencia, hijo de Juan Aguirre y de Francisca Pavón
Caballero del rey y regidor de Plasencia, se casó con Mariana Josefa de Zuazo y Ceballos
Escribano real, público y del número de Plasencia
Escribano de Plasencia
Nace en Plasencia, hijo de Diego Serrano y de Estefanía Alfonso
Nace en Plasencia, hijo de Gaspar Herrera y de María Torrequemada
Nace en Plasencia
Consultor de la Santa Inquisición, Provisor y Vicario General de la Diócesis de Plasencia
Fue el vigesimoquinto Obispo de Plasencia desde el 27 de junio de 1496 hasta 15 de agosto de 1506
Nace en Plasencia, hijo de José Benigno Álvarez y Eustasia Hernández
Nace en Plasencia
Nace en Plasencia, hijo de José Amador y de Bernardina Flor
Nace en Plasencia, hijo de Juan Amador y de Antonia Gómez
Nació en Zalamea de la Serena, fue el cuadragésimo Obispo de Plasencia desde el 10 de octubre de 1640 hasta el 11 de diciembre de 1652 que renunció. También lo fue Ávila y de Tuy e Inquisidor General y Consejero de Estado
Fue el decimonoveno Obispo de Plasencia desde el 30 de julio de 1403 hasta el 29 de julio de 1414. Era Arcediano de Toledo, doctor en leyes, oidor de la Audiencia del Rey y miembro del Consejo de Enrique III
Visitador General del Obispado de Plasencia, Secretario de Cámara del Obispo Juan Herreros Jaraba y notario
Nace en Jarandilla de la Vera, hijo de Simón Gutiérrez Arteaga y de María Peinado
La primera asociación se estableció en la casa madre de la Congregación de la Misión en París. Al aparecerse la Virgen María a Santa Catalina Labouré, María confió a las Hijas de la Caridad y a los sacerdotes de la Congregación de la Misión, los Vicentinos, la labor de promover esta devoción a ella por medio de su medalla, medalla de la Inmaculada Concepción, que posteriormente por la gran cantidad de milagros atribuidos a ella se le conocería popularmente como Medalla Milagrosa), y a la advocación mariana conocida como Nuestra Señora de la Medalla Milagrosa, cuya festividad litúrgica se celebra el 27 de noviembre
Poco a poco, otras asociaciones se establecieron en otras partes del mundo. Fue aprobada oficialmente por el Papa San Pío X, en su breve Dilectus Filius, firmado el 8 de julio de 1909. Esta aprobación situó a la Asociación bajo la dirección del Superior General de la Congregación de la Misión y de la Compañía de las Hijas de la Caridad, con el título de Director General. Los Estatutos fueron revisados y aprobados de nuevo el 19 de febrero de 1998 por la Congregación para los Institutos de Vida Consagrada y las Sociedades de Vida Apostólica.
Nació en Tuy (Pontevedra), fue el sexagésimo octavo Obispo de Plasencia desde el 27 de septiembre de 1852 hasta el 25 de septiembre de 1857 que fue trasladado a Orense. Doctor en teología por la Universidad de Santiago de Compostela. Canónigo lectoral y tesorero de la Catedral Metropolitana de Santiago de Compostela
Nace en Plasencia, hijo de José Ayala y de Luisa Ortiz
Nace en Plasencia, hijo de José Ayala y de Juliana Valiente
La primera referencia que existe del Concejo Placentino es del 8 de marzo de 1189, día en el que el rey Alfonso VIII otorgó términos a Plasencia a costa del territorio de Ávila. El Concejo es el destinatario de este ordenamiento o carta poblacional (Privilegio fundamental). Está carta poblacional junto con el Fuero regulan las actividades del concejo incluidas la repoblación de su amplio territorio (alfoz) y el reparto y régimen de explotación de la tierra.
Se desconoce el lugar concreto de reunión del Concejo, aunque el Fuero determina que para celebrar los pleitos los Alcaldes se reunían los viernes en el Corral de los Alcaldes junto a la Iglesia de San Esteban. El Concejo constaba de una composición inicial de: 2 Alcaldes (alcalde de hueste y alcalde judíos),1 Juez, 2 Mayordomos, 2 Escribanos, 1 Pregón o Sayón y otros oficios menores.
La duración de estos cargos era anual excepto la del Andador y Pregonero. No se podían desempeñar dos cargos concejiles simultáneamente. Los cargos, exceptuando a los Escribanos que los designaba el Concejo, se elegían entre los habitantes de la ciudad y del arrabal que tuvieran casa y caballo. Esto dio lugar a que a lo largo del siglo XIII se forme una élite urbana que ocupa los cargos concejiles.
El Concejo gozó de un alto grado de autonomía desde su fundación hasta bien entrado el siglo XIII, identificándolo con la Asamblea de Vecinos y actuando en régimen de Concejo abierto. En esta época se registra la presencia de algunos alcaldes de designación real siendo las funciones del Alcalde Real la de procurador del Concejo
Según documentos del año 1248 existían 4 alcaldes, la duplicidad de alcaldes está motivada por el aumento de pobladores de la ciudad. En 1338 aparecen las primeras referencias a la figura del Alguacil, aunque sin competencia claramente definida, así como a los personeros y a los procuradores, aumentando de cuatro a cinco Alcaldes, para posteriormente ser derogado a cuatro nuevamente.
Alfonso XI confirma del ordenamiento del Concejo a través de su privilegio de confirmación de 1346. Este ordenamiento corrobora el paso de concejo abierto de la etapa inicial al regimiento o concejo cerrado, dando amplios poderes a 12 caballeros, regidores y escuderos; de éstos había dos alcaldes elegidos por el Barrio de San Martín y dos elegidos por el Barrio del Salvador; además había un juez, que se elegía de manera anual, entre los mismos de manera alterna siendo el lugar de reunión en las casas del cabildo de la calle del Chantre, celebrándose los juicios los martes y viernes en la iglesia de San Esteban. Este privilegio recoge la composición del Concejo, funcionamiento, y competencias de sus oficiales y salarios. En 1379 Juan I redujo el número de regidores de doce a ocho.
En 1442 Juan II entrega la ciudad al señorío de Stúñiga (Zúñiga) dejando de ser ciudad de Realengo y el 15 de enero de 1442 en San Esteban en el corral de los Alcaldes fue recibido Pedro de Stúñiga por el cabildo, el concejo y algunos nobles.
Los enfrentamientos entre los nobles de Plasencia hizo que el Concejo se relajara de responsabilidades de sus funciones, esto provocó que la mayoría de la ciudadanía aceptara sin oposición la cesión de Plasencia como villa señorial.
El 20 de octubre de 1488 toma posesión de Plasencia el Rey Fernando el Católico, en la puerta de la catedral ante el cabildo, el concejo y gentes de la ciudad, prometiendo no volver a enajenar a la ciudad de la jurisdicción real, y guardar su fuero y privilegios; confirmándose a Plasencia como ciudad de realengo por medio de un privilegio incorporando la Ciudad a la Corona
Los Reyes Católicos aumentan el número de Regidores a 16 con cargos vitalicios. En 1589 aumenta a 29 regidores y en el S.XVII a 46 regidores
En 1494 se solicita a los Reyes Católicos la ampliación de las dependencias del Concejo. Se derriba la Casa de las Gradas y no se construyen las nuevas instalaciones hasta el primer tercio del siglo XVI, por el conflicto que hubo con la falta de liquidez del Concejo y propietarios de las casas aledañas.
Aunque Plasencia pasa a realengo el concejo sigue siendo controlado por los clanes nobiliarios, que mediante vínculos matrimoniales habían dado lugar a redes familiares para proteger sus privilegios, existiendo continuos enfrentamientos entre los miembros del Concejo y los habitantes de su tierra, donde solamente estaban de acuerdo para enfrentarse contra el Real Consejo de la Mesta.
En el siglo XV la ciudad vivió un floreciente momento en el que el Concejo y los nobles laicos y religiosos, potenciaron la actividad constructiva con la remodelación o edificación de casas fortalezas, conventos, hospitales, parroquias y la catedral nueva.
Durante el siglo XVI Plasencia experimentó un enorme impulso demográfico, constructivo y social; por ello se amplía el ayuntamiento y se construye el acueducto. A finales de esta centuria se inicia un lento pero continuo declive, debido a la crisis del Imperio Español, al hambre y epidemias que provocó una elevada mortandad en la ciudad
En el siglo XVII, Plasencia entra en una etapa de estancamiento: expulsión de los moriscos, emigración a América, etc. La actividad constructiva se ralentiza si bien se construye la Cárcel Pública.
En el año 1653 la ciudad de Plasencia decidió comprar el voto en Cortes que anteriormente había tenido, compra que realizó junto con Trujillo, Cáceres, Mérida, Badajoz y Alcántara formando por primera vez la Provincia de Extremadura.
Asimismo en 1661 el concejo placentino compra a la corona los lugares de Cabezuela, Losar, Robledillo, Toril, Majadas y Talayuela, produciéndose una relación de señorío con respecto a estas villas (controlándolas a través de los nombramientos de los cargos y oficios concejiles).
La situación del Ayuntamiento en el Siglo XVIII es igual al siglo anterior, la participación de los vecinos en el gobierno municipal era nula, por perder influencia al pasar la titularidad de los oficios concejiles a manos de una minoría que podía venderlos, transmitirlos por herencia e incluirlos en su mayorazgo.
Los cargos municipales mas importantes estaban constituidos por el Corregidor y el Alcalde Mayor como ciudad realenga cabeza de partido y subdelegación de rentas reales, pósitos y montes.
El corregidor, aunque es una figura que surge con Alfonso XI y se consolida con los Reyes Católicos como representante real en los grandes concejos. En esta época se amplían sus funciones, las cuales eran políticas, judiciales y militares, preside el ayuntamiento y cuida la observancia de las ordenanzas municipales, es responsable del orden público y gestión policial con el Alcalde Mayor, y a partir de 1778, con los 4 alcaldes de barrio, encargados de los 4 barrios en que se divide la ciudad. El corregidor y en su defecto el alcalde mayor actúa en todas las causas civiles y criminales, correspondiendo la apelación de ellas a la Real Audiencia de Valladolid (hasta la creación de la de Cáceres en 1790) excepto aquella que no llega a 40000 reales, que es ante el Ayuntamiento.
El corregimiento de Plasencia pertenece al de capa y espada (militares en su origen y miembros de media y baja nobleza) y permanece durante todo el siglo XVIII.
La corporación municipal también está formada por regidores, y desde el auto acordado el 5 mayo de 1766 por el procurador sindico personero, persona elegida entre los vecinos ejemplares con carácter anual y sin remuneración alguna, su papel será el de representante del pueblo en las reuniones consistoriales, presentando quejas al concejo, como la voz del pueblo y del buen abastecimiento de la ciudad.
Durante la guerra de Independencia se establece en la ciudad una Junta de Gobierno, posteriormente en el año 1833 Plasencia pierde la disputa de la capitalidad otorgándose a favor de Cáceres, incidiendo este hecho de manera negativa en el desarrollo de la ciudad.
En el Siglo XX debido al proyecto de Maura de 1907 dejo al gobierno y administración de los municipios a los ayuntamientos y fortaleció la posición de los alcaldes. El estatuto municipal de 8 de marzo de 1924 introdujo una serie de reformas, en los ayuntamientos que extienden su jurisdicción al ámbito del término municipal en que radica con “capacidad jurídica plena” y “ amplia competencia” subordinada tan solo a las leyes generales del reino. Además de ser el origen de las Comisiones Permanentes (actuales Juntas de Gobierno Municipal) y del Pleno Municipal como se conoce en la actualidad. La Ley de 15 de septiembre de 1931 derogó parcialmente el Estatuto, salvo en lo referente a los funcionarios, al régimen jurídico y a las haciendas locales.
Actualmente las leyes fundamentales que regulan el funcionamiento de los ayuntamientos son:
Ley 7/1985, de 2 de Abril, reguladora de las bases del Régimen Local.
Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de Abril, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local
Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y sus posteriores modificaciones.
Nace en Ochandiano, hijo de Casimiro Azcúrraga y de Cecilia Moreno
Fue el vigesimoprimer Obispo de Plasencia desde el 2 de octubre de 1422 hasta su renuncia en 1423
Nace en Plasencia, hijo de Francisco Báez y de Inés Suárez
Nace en Plasencia, hijo de Isaac Bahón y de Florentina García
Nace en Plasencia, hijo de Francisco Barbero y de Margarita Almendral
Escribano real, público del número de Plasencia
Nace en Plasencia, hijo de Ventura Barroso y de Gertrudis Regidos
Nació en Antequera (Málaga), fue el quincuagésimo octavo Obispo de Plasencia desde el 26 de noviembre de 1742 hasta el 22 de enero de 1747, anteriormente de Huesca. Maestro de teología, prior, definidor y provincial de Andalucía de los agustinos
Nace en Plasencia, hijo de Juan Benítez y Juana Casco
Fuel el decimosegundo Obispo de Plasencia desde 1332 hasta 1342
Nace en Plasencia, hijo de Agustín Berrocoso y de Manuela Crespo
Nace en Plasencia, hijo de Domingo Bravo y de Catalina Cortés
Canónigo de la Catedral de Plasencia
Nació en Burgos y fue el primer Obispo de Plasencia desde abril de 1190 hasta mayo de 1212 que fue trasladado a Burgos
Escribano de Plasencia
Nació en Logroño y bautizado el 3 de febrero de 1683, fue el quincuagésimo noveno Obispo de Plasencia desde el 31 de julio de 1747 hasta el 27 de julio de 1749, anteriormente de Barbastro, Canónigo de Calahorra y doctor en teología
Su origen lo podemos datar en el mismo momento en que se erigió la Diócesis de Plasencia, aunque su origen normativa lo podemos encontrar en La bulla Quae de speciali mandato, la cual, aprueba los primeros estatutos de la Catedral de Plasencia, considerados como el “Estatuto Fundamental” de su cabildo. Era entonces Obispo placentino Monseñor Adán, el tercero en orden cronológico, tras Monseñor Bricio y Monseñor Domingo. En 1236 participa, sirviendo a Dios y al Rey Fernando III de Castilla, “con gente de Plasencia y su obispado” en la conquista de Córdoba, cuya mezquita consagra, junto con otros obispos. El Prelado en persona, acompañado del deán de la catedral placentina y en representación de su cabildo, se traslada a la Ciudad Eterna para que el papa Inocencio IV conceda a la recién nacida Iglesia de Plasencia la normativa conveniente para su gobierno.
El Sumo Pontífice encarga al cardenal Gil de Torres, español, del título de los santos Cosme y Damián, natural de Burgos, que, de acuerdo con el Obispo y el Deán, redacte unos estatutos, por los que debería regirse el cabildo catedralicio de la todavía joven diócesis. El 22 de abril de 1254, decimo kalendas maii, se firman en Roma los estatutos, cuyo texto íntegro se incluye en la bula pontificia. El 29 de mayo de 1254, en Asís, el Papa Inocencio IV aprueba y confirma el “Estatuto Fundamental” de la iglesia catedral placentina.
El documento pontificio original se ha perdido, pero se conoce su texto íntegro por una copia auténtica que hizo en 1544 el Provisor (hoy Vicario Judicial) de la Diócesis de Coria y que se conservaba en buen estado.
Constan estos primeros estatutos de 46 prescripciones o artículos y fijan en diez el número de los canónigos y en ocho el de los racioneros. Las dignidades eran: el deán, el chantre, el tesorero y los arcedianos de Plasencia y de Trujillo.
Durante los siguientes siglos la cantidad de estatutos es muy numerosa y el Chantre Benavides Checa contabiliza 37 estatutos del siglo XV, 87 que pertenecen al siglo XVI, algunos del siglo XVII y escasos del siglo XVIII.
Destacan entre los más importantes, los aprobados por el obispo Andrés de Noroña en 1585 y los de Gregorio María López y Zaragoza en 1865.
Los últimos estatutos, tras los de la época del Obispo Francisco Jarrín Moro, en 1911, son los que se redactaron, sin llegar a aprobarse, bajo el pontificado de Monseñor Ángel Regueras López, para adecuar sus disposiciones a la legislación emanada de la promulgación del Código de Derecho Canónico. Más tarde su sucesor, Monseñor Justo Rivas Fernández, previa una revisión del proyecto, los aprobó el 13 de febrero de 1926.
La celebración del Concilio Vaticano II (1962-1965) y la promulgación del nuevo Código de Derecho Canónico (1983) han impulsado al cabildo actual (de 2004) a plantearse los cambios que deberían introducirse en el estatuto vigente. Dada la importancia de las reformas introducidas, la corporación capitular estimó oportuno confeccionar un Nuevo Estatuto, que se adecue a la nueva mentalidad y orientaciones teológico-pastorales de la Iglesia postconciliar de finales del siglo XX.
El Nuevo Estatuto se terminó de redactar el día 29 de mayo de 2004, fecha en que se cumplía el 750 aniversario de la firma en Asís de la Bula Quae de speciali mandato otorgada en 1254 por el Papa Inocencio IV, refrendando el Estatuto Fundamental del Cabildo Placentino. Fue aprobado y firmado en un cabildo extraordinario por Monseñor Amadeo Rodríguez Magro, Obispo de Plasencia, el 7 de noviembre de 2005. Y entró en vigor, con carácter provisional, en dicha fecha y, de modo definitivo, el 16 de octubre de 2006, Solemnidad de la Dedicación de la Santa Iglesia Catedral.
Nació en Medellín
Nace en Plasencia, hijo de Francisco Calle y de Isabel Campo
Nace en Plasencia
Nace en Plasencia, hijo de Francisco Campo Escribano y de Micaela Díaz
Nace en Plasencia, hijo de Rafael Campo García Mandado y de Manuela Ayala