La documentación de esta serie tenía la finalidad de conseguir la autorización eclesiástica para contraer matrimonio entre parientes con grado de consanguineidad, la oficina que la tramitaba era la Agencia de Preces o Dataría Apostólica.
La estructura de la documentación es sencilla, se utilizaba papel timbrado y como elementos de validación y autenticación estaban firmadas por el Provisor y Vicario General de la Diócesis de Plasencia junto con la firma del notario mayor, normalmente, del Tribunal Eclesiástico de Plasencia y el sello de caucho del Provisorato y Vicaria General de la Diócesis de Plasencia.
La dirección era al Papa, pero con dirección al cardenal datario y demás miembros de la Dataría Apostólica, a continuación, se identifica con todos sus títulos el Provisor y Vicario General "atestando" dando fe oficial del grado de consanguineidad de los contrayentes, junto con sus datos identificativos, y exposición de motivos para conseguir la autorización
Serie producida para el cumplimiento de la Ley de 20 junio de 1862, la cual determinaba que el hijo que no hubiera cumplido los 23 años y la hija que no tuviera 20 años necesitaban la autorización paterna para poder casarse. En el caso de que faltase el padre el consentimiento lo daba la madre y así ascendiendo el abuelo paterno y después el materno.
Esta ley fue posteriormente ampliada por la Real Orden del 22 de noviembre de 1864, que especificaba que el consentimiento solo se podía realizar ante notarios eclesiásticos.
Al ser un documento notarial se realizaba en papel timbrado y su estructura era muy simple, encabezado por la data completa, identificación del fedatario, de los ascendientes con edad, vecindad y parroquia, de los contrayentes con su edad, naturaleza y vecindad, con firma de los testigos normalmente si no sabían escribir y la del notario, acompañada a veces con sello de caucho como elemento de autenticidad y con indicación de tenor documental de copia autenticada.
La gran mayoría fueron realizadas por Teodoro Villanueva el Notario Mayor del Tribunal Eclesiástico de Plasencia
Documentos de decisión utilizados para resolver o dar trámite a una cuestión concreta dentro de un proceso judicial del cual no se encuentra completo
Documentación de los contratos que se establecían a modo de créditos en los cuales se fijaba un principal que se recibía en dinero o por el valor de un bien inmueble, en el caso de una compraventa, con una renta anual fija hasta que se redimía el principal. Estos contratos eran hereditarios y también se realizaban transacciones con ellos
Antes del Concordato de 1753, de acuerdo con la regla novena de la Cancillería Apostólica, los curatos los preveía la Santa Sede en los ocho meses llamados de «reserva» o «apostólicos» (enero, febrero, abril, mayo, julio, agosto, octubre y noviembre) y el obispo en los cuatro meses restantes u «ordinarios». Si se celebraban los concursos «ad curam animarum», establecidos por el Concilio de Trento, la provisión recaía entre los declarados aptos por el tribunal nombrado al efecto.
Posteriormente como podemos observar en esta serie los concursos fuero regulados por diferentes normas, destacando la bula "Cum Illud" de Benedicto XIV, así como el concordato de 1851 que clasificaba las parroquias según su mayor o menor importancia respectivamente en: de término, de ascenso (primero y segundo), de entrada y rurales (primera y segunda).
Por lo tanto, la documentación de esta serie refleja el proceso por el cual se proveían los diferentes curatos que estaban vacantes en la Diócesis por medio de un concurso que conllevaba una fase de oposición en la cual los opositores eran examinados de diferentes materias en días consecutivos, preservando su identidad por el medio de sobres y plicas con un número de opositor; posteriormente se valoraban los méritos que habían presentado los opositores junto con la solicitud para participar en el concurso. Eran abiertos a todos los eclesiásticos que cumplieran los requisitos exigidos.
La documentación que suelen contener es:
- Expediente general del concurso, compuesto normalmente por los edictos convocatorios del concurso anunciando las vacantes, el proceso de nombramientos de jueces y examinadores sinodales, notificación y juramento de los cargos, establecimiento de los ejercicios y forma de desarrollarlos, actas de realización de los correspondientes ejercicios y acta de censura (calificaciones) de los opositores, todo ello firmado por el obispo, el secretario de cámara que era el responsable del concurso y los jueces. Además, suelen incorporar los listados con los méritos de los opositores, los borradores con la terna de candidatos propuestos para las vacantes por el Obispo a la autoridad real y notificaciones del Ministro de Gracia y Justicia con las provisiones definitivas
- Expedientes de los opositores que contienen las solicitudes y algunos casos documentación probatoria de sus méritos
- Exámenes y plicas de los opositores
Justificación anual de ingresos y gastos de la Asociación
Justificación de los cargos y datas de la Archicofradía
Justificación de los cargos y datas de la Cofradía
Justificación de los cargos y datas de la Cofradía
Justificación de los cargos y datas de la Cofradía
Cofradías, Hermandades y Mayordomías de la Parroquia de la Cofradía
Justificación de los cargos y datas de la Cofradía
Justificación de los cargos y datas de la Cofradía
Justificación de los cargos y datas de la Cofradía
Justificación de los cargos y datas de la Cofradía
Justificación de los cargos y datas de la Cofradía
Justificación de los cargos y datas de la Cofradía
Justificación de los cargos y datas de la Cofradía
Justificación de los cargos y datas de la Cofradía
Justificación de los cargos y datas de la Congregación
Justificación de los cargos y datas de la Congregación
Justificación de los cargos y datas de la Demanda
Justificación de los cargos y datas de la Ermita
Justificación de los cargos y datas de la Ermita
Justificación de los cargos y datas de la Ermita
Justificación de los cargos y datas de la Ermita
Justificación de los cargos y datas de la Hermandad
Justificación de los cargos y datas de la Hermandad
Justificación de los cargos y datas de la Hermandad
Justificación de los cargos y datas de la Congregación
Justificación de los cargos y datas de la Ermita. Contiene las cuentas de la Ermita de Nuestra Señora de Tebas
Ermita de Nuestra Señora de Tebas de Casas de MillánJustificación de los cargos y datas de la Asociación.
Justificación de los cargos y datas de la Asociación.
Justificación de los cargos y datas de la Asociación.
Contiene las cuentas del resto de Hermandades, Cofradías, Asociaciones..., de Deleitosa del año 1923
Justificación anual de ingresos y gastos del Apostolado
Justificación de los cargos y datas del Apostolado
Justificación de los cargos y datas de la Asociación.
La documentación que conforma esta serie tiene el objetivo de controlar y aprobar la contabilidad de cada parroquia por la autoridad competente de la Diócesis, ya fuera el Obispo o el Vicario General.
El envío de las cuentas de cada parroquia se originó por el cumplimiento de las diversas circulares de los correspondientes Obispos demandándolas, y comprendían varios años. Posteriormente su procedimiento se fue regularizando y su envío era anual para su aprobación, salvo en casos excepcionales.
Se componen de las propias cuentas, que son una copia de las que se registran en las del libro de fábrica de cada parroquia, divididas, en un principio, en cargo y data y posteriormente en ingresos y gastos, su periodicidad suele ser anual. A partir de 1901 incluyen una copia del decreto de aprobación por parte del Obispo, posteriormente se aprobaban con la fecha y el sello del Obispado. Desde 1940 se normalizan por medio de un modelo impreso para todas las parroquias.
Otra de las tipologías que componen la serie son los originales de los justificantes, recibos y facturas anuales de las propias cuentas.
En el siglo XIX incluyen los aranceles de los servicios que prestaba la parroquia.
También incluyen a veces gastos extraordinarios como arreglos de los templos con el presupuesto, autorización y documentación contractual.
La documentación que conforma esta serie tiene el objetivo de controlar y aprobar la contabilidad de cada parroquia por la autoridad competente de la Diócesis, ya fuera el Obispo o el Vicario General.
El envío de las cuentas de cada parroquia se originó por el cumplimiento de las diversas circulares de los correspondientes Obispos demandándolas, y comprendían varios años. Posteriormente su procedimiento se fue regularizando y su envío era anual para su aprobación, salvo en casos excepcionales.
Se componen de las propias cuentas, que son una copia de las que se registran en las del libro de fábrica de cada parroquia, divididas, en un principio, en cargo y data y posteriormente en ingresos y gastos, su periodicidad suele ser anual. A partir de 1901 incluyen una copia del decreto de aprobación por parte del Obispo, posteriormente se aprobaban con la fecha y el sello del Obispado. Desde 1940 se normalizan por medio de un modelo impreso para todas las parroquias.
Otra de las tipologías que componen la serie son los originales de los justificantes, recibos y facturas anuales de las propias cuentas.
En el siglo XIX incluyen los aranceles de los servicios que prestaba la parroquia.
También incluyen a veces gastos extraordinarios como arreglos de los templos con el presupuesto, autorización y documentación contractual.
La documentación que conforma esta serie tiene el objetivo de controlar y aprobar la contabilidad de cada parroquia por la autoridad competente de la Diócesis, ya fuera el Obispo o el Vicario General.
El envío de las cuentas de cada parroquia se originó por el cumplimiento de las diversas circulares de los correspondientes Obispos demandándolas, y comprendían varios años. Posteriormente su procedimiento se fue regularizando y su envío era anual para su aprobación, salvo en casos excepcionales.
Se componen de las propias cuentas, que son una copia de las que se registran en las del libro de fábrica de cada parroquia, divididas, en un principio, en cargo y data y posteriormente en ingresos y gastos, su periodicidad suele ser anual. A partir de 1901 incluyen una copia del decreto de aprobación por parte del Obispo, posteriormente se aprobaban con la fecha y el sello del Obispado. Desde 1940 se normalizan por medio de un modelo impreso para todas las parroquias.
Otra de las tipologías que componen la serie son los originales de los justificantes, recibos y facturas anuales de las propias cuentas.
En el siglo XIX incluyen los aranceles de los servicios que prestaba la parroquia.
También incluyen a veces gastos extraordinarios como arreglos de los templos con el presupuesto, autorización y documentación contractual.
La documentación que conforma esta serie tiene el objetivo de controlar y aprobar la contabilidad de cada parroquia por la autoridad competente de la Diócesis, ya fuera el Obispo o el Vicario General.
El envío de las cuentas de cada parroquia se originó por el cumplimiento de las diversas circulares de los correspondientes Obispos demandándolas, y comprendían varios años. Posteriormente su procedimiento se fue regularizando y su envío era anual para su aprobación, salvo en casos excepcionales.
Se componen de las propias cuentas, que son una copia de las que se registran en las del libro de fábrica de cada parroquia, divididas, en un principio, en cargo y data y posteriormente en ingresos y gastos, su periodicidad suele ser anual. A partir de 1901 incluyen una copia del decreto de aprobación por parte del Obispo, posteriormente se aprobaban con la fecha y el sello del Obispado. Desde 1940 se normalizan por medio de un modelo impreso para todas las parroquias.
Otra de las tipologías que componen la serie son los originales de los justificantes, recibos y facturas anuales de las propias cuentas.
En el siglo XIX incluyen los aranceles de los servicios que prestaba la parroquia.
También incluyen a veces gastos extraordinarios como arreglos de los templos con el presupuesto, autorización y documentación contractual.
La documentación que conforma esta serie tiene el objetivo de controlar y aprobar la contabilidad de cada parroquia por la autoridad competente de la Diócesis, ya fuera el Obispo o el Vicario General.
El envío de las cuentas de cada parroquia se originó por el cumplimiento de las diversas circulares de los correspondientes Obispos demandándolas, y comprendían varios años. Posteriormente su procedimiento se fue regularizando y su envío era anual para su aprobación, salvo en casos excepcionales.
Se componen de las propias cuentas, que son una copia de las que se registran en las del libro de fábrica de cada parroquia, divididas, en un principio, en cargo y data y posteriormente en ingresos y gastos, su periodicidad suele ser anual. A partir de 1901 incluyen una copia del decreto de aprobación por parte del Obispo, posteriormente se aprobaban con la fecha y el sello del Obispado. Desde 1940 se normalizan por medio de un modelo impreso para todas las parroquias.
Otra de las tipologías que componen la serie son los originales de los justificantes, recibos y facturas anuales de las propias cuentas.
En el siglo XIX incluyen los aranceles de los servicios que prestaba la parroquia.
También incluyen a veces gastos extraordinarios como arreglos de los templos con el presupuesto, autorización y documentación contractual.
La documentación que conforma esta serie tiene el objetivo de controlar y aprobar la contabilidad de cada parroquia por la autoridad competente de la Diócesis, ya fuera el Obispo o el Vicario General.
El envío de las cuentas de cada parroquia se originó por el cumplimiento de las diversas circulares de los correspondientes Obispos demandándolas, y comprendían varios años. Posteriormente su procedimiento se fue regularizando y su envío era anual para su aprobación, salvo en casos excepcionales.
Se componen de las propias cuentas, que son una copia de las que se registran en las del libro de fábrica de cada parroquia, divididas, en un principio, en cargo y data y posteriormente en ingresos y gastos, su periodicidad suele ser anual. A partir de 1901 incluyen una copia del decreto de aprobación por parte del Obispo, posteriormente se aprobaban con la fecha y el sello del Obispado. Desde 1940 se normalizan por medio de un modelo impreso para todas las parroquias.
Otra de las tipologías que componen la serie son los originales de los justificantes, recibos y facturas anuales de las propias cuentas.
En el siglo XIX incluyen los aranceles de los servicios que prestaba la parroquia.
También incluyen a veces gastos extraordinarios como arreglos de los templos con el presupuesto, autorización y documentación contractual.