La documentación que conforma esta serie tiene el objetivo de controlar y aprobar la contabilidad de cada parroquia por la autoridad competente de la Diócesis, ya fuera el Obispo o el Vicario General.
El envío de las cuentas de cada parroquia se originó por el cumplimiento de las diversas circulares de los correspondientes Obispos demandándolas, y comprendían varios años. Posteriormente su procedimiento se fue regularizando y su envío era anual para su aprobación, salvo en casos excepcionales.
Se componen de las propias cuentas, que son una copia de las que se registran en las del libro de fábrica de cada parroquia, divididas, en un principio, en cargo y data y posteriormente en ingresos y gastos, su periodicidad suele ser anual. A partir de 1901 incluyen una copia del decreto de aprobación por parte del Obispo, posteriormente se aprobaban con la fecha y el sello del Obispado. Desde 1940 se normalizan por medio de un modelo impreso para todas las parroquias.
Otra de las tipologías que componen la serie son los originales de los justificantes, recibos y facturas anuales de las propias cuentas.
En el siglo XIX incluyen los aranceles de los servicios que prestaba la parroquia.
También incluyen a veces gastos extraordinarios como arreglos de los templos con el presupuesto, autorización y documentación contractual.
Permiso concedido por la Diócesis de Plasencia a los solicitantes para contraer matrimonio.
Diócesis de PlasenciaPermiso concedido por la Diócesis de Plasencia a los solicitantes para contraer matrimonio.
Diócesis de PlasenciaPermiso concedido por la Diócesis de Plasencia a los solicitantes para contraer matrimonio.
Diócesis de PlasenciaPermiso concedido por la Diócesis de Plasencia a los solicitantes para contraer matrimonio.
Diócesis de PlasenciaPermiso concedido por la Diócesis de Plasencia a los solicitantes para contraer matrimonio.
Diócesis de PlasenciaPermiso concedido por la Diócesis de Plasencia a los solicitantes para contraer matrimonio.
Diócesis de PlasenciaPermiso concedido por la Diócesis de Plasencia a los solicitantes para contraer matrimonio.
Diócesis de PlasenciaPermiso concedido por la Diócesis de Plasencia a los solicitantes para contraer matrimonio.
Diócesis de PlasenciaPermiso concedido por la Diócesis de Plasencia a los solicitantes para contraer matrimonio.
Diócesis de PlasenciaPermiso concedido por la Diócesis de Plasencia a los solicitantes para contraer matrimonio.
Diócesis de PlasenciaPermiso concedido por la Diócesis de Plasencia a los solicitantes para contraer matrimonio.
Diócesis de PlasenciaPermiso concedido por la Diócesis de Plasencia a los solicitantes para contraer matrimonio.
Diócesis de PlasenciaPermiso concedido por la Diócesis de Plasencia a los solicitantes para contraer matrimonio.
Diócesis de PlasenciaPermiso concedido por la Diócesis de Plasencia a los solicitantes para contraer matrimonio.
Diócesis de PlasenciaPermiso concedido por la Diócesis de Plasencia a los solicitantes para contraer matrimonio.
Diócesis de PlasenciaPermiso concedido por la Diócesis de Plasencia a los solicitantes para contraer matrimonio.
Diócesis de PlasenciaPermiso concedido por la Diócesis de Plasencia a los solicitantes para contraer matrimonio.
Diócesis de PlasenciaPermiso concedido por la Diócesis de Plasencia a los solicitantes para contraer matrimonio.
Diócesis de PlasenciaPermiso concedido por la Diócesis de Plasencia a los solicitantes para contraer matrimonio.
Diócesis de PlasenciaPermiso concedido por la Diócesis de Plasencia a los solicitantes para contraer matrimonio.
Diócesis de PlasenciaPermiso concedido por la Diócesis de Plasencia a los solicitantes para contraer matrimonio.
Diócesis de PlasenciaEscritura pública otorgada por Francisco Sánchez, Fernando Sánchez Izquierdo y Teresa Álvarez de El Torno, del diezmo de castaña por 3.450 reales de vellón.
Escritura pública otorgada por Bernardino González Elizo, María González, Pedro Merchán, Bárbara Alonso, Lorenzo Durán, María Alonso, Fernando Sánchez Izquierdo y Teresa Álvarez, de El Torno, de diezmo menudo por 7.600 reales de vellón.
Escritura pública otorgada por Eusebio Sánchez Blanco, María García, Juan Morales y María Sánchez, de El Torno, de diezmo de castaña por 12.200 reales de vellón.
Escritura pública otorgada por José Collado, Teresa González y Joaquín Collado, de Casas del Castañar, de diezmo menudo por 4.150 reales de vellón.
Declaración firmada por Agustín de la Calle, María Martín, Faustino Martín y Anastasia Martín, de Casas del Castañar, de diezmo menudo por 4.140 reales de vellón.
Escritura pública otorgada por Cipriano de Silva, José García y Manuel Muñoz, de Cabrero, de diezmo menudo por 12.337 reales de vellón.
Escritura pública otorgada por Cayetano Conde y Juan Lorenzo Muñoz, de El Torno y Plasencia, de diezmo menudo por 800 reales de vellón.
Escritura pública otorgada por Pedro Calle, de Rebollar, de diezmo menudo por 600 reales de vellón.
Declaración firmada por Agustín Conde y Clemente García de la Calle, de El Torno y Rebollar, de diezmo menudo por 625 reales de vellón.
Escritura pública otorgada por Francisco Blanco, Juana Blanco, Francisco Carnecero, Josefa Elizo y Tomás Elizo, de El Torno, de diezmo menudo por 10.325 reales de vellón.
Escritura pública otorgada por Pedro García de la Calle, Isabel Sánchez, Antonio Sánchez Izquierdo, Leonor Merchán, Fernando Sánchez Izquierdo y Teresa Álvarez, de El Torno, de diezmo menudo por 8.200 reales de vellón.
Escritura pública otorgada por Antonio Prieto y José Cantelero, de Valdastillas y Barrado, de diezmo menudo por 7.650 reales de vellón.
Escritura pública otorgada por Francisco Blanco, Juana Sánchez, Pedro Izquierdo y María Sánchez, de El Torno, diezmo menudo por 6.500 reales de vellón.
Escritura pública otorgada por Ramón Martín, Juana Sánchez Blanco y Agustín Paniagua, de El Torno, de diezmo menudo por 1.300 reales de vellón.
Escritura pública otorgada por José Lorenzo, María Vicenta, Manuel Moreno, Olaya Fernández, Agustín Sánchez, María Fernández, Lorenzo Fernández, Vicenta Sánchez, Francisco Blanco, Juana Sánchez, Ignacio Muñoz y Concepción Sánchez, de El Torno, de diezmo menudo por 9.475 reales de vellón.
Escritura pública otorgada por Jerónimo Martín y Cipriano Silva, de Cabrero, de diezmo menudo por 2.325 reales de vellón.
Escritura pública otorgada por Francisco Blanco, Juana Sánchez, Ramón García Luis, Isabel Álvarez, José Lorenzo y Vicenta Bula, de El Torno, de diezmo menudo por 6.225 reales de vellón.
Escritura pública otorgada por Francisco Blanco, Juana Sánchez, Blas Recio, Margara Sánchez, de El Torno, de diezmo menudo por 8.250 reales de vellón.
Escritura pública otorgada por Juan Bermejo, Joaquín Herrero Merino, Alejo Alonso, Rosa Alonso, Francisco Félix Alonso, Ana Sánchez y Paula Sánchez, de Cabrero y El Torno, de diezmo menudo por 9.483 reales de vellón.
Escritura pública otorgada por Alejo Alonso, Paula Sánchez, Blas Recio, María Sánchez, Juan Peinado e Isabel Sánchez, El Torno, de diezmo menudo por 10.000 reales de vellón.
Escritura pública otorgada por José Serrano, Concepción Sánchez, Ignacio Muñoz y María Sánchez, de diezmo menudo por 2.775 reales de vellón.
Escritura pública otorgada por Juan Alonso, Tomasa García, Ramón Serrano, Vicente Muñoz, Francisco Martín, Rafaela Sánchez y Mariana Sánchez, de El Torno, de diezmo menudo por 9.500 reales de vellón.
Escritura pública otorgada por Francisco Félix Alonso, Ana Recio, Ramón Serrano, Vicenta Muñoz, Francisco Martín, Rafaela Sánchez, José Alonso e Isabel Sánchez, de El Torno, de diezmo menudo por 12.040 reales de vellón.
Escritura pública otorgada por José Fernández, Juan Alonso, Tomasa García, Félix Izquierdo e Isabel Jiménez, de El Torno, de diezmo menudo por 8.500 reales de vellón.
Escritura pública otorgada por José Fernández y José Castelero, de Valdastillas y Barrado, de diezmo menudo por 7.500 reales de vellón.
Escritura pública otorgada por Francisco Blanco, Juana Blanco, Francisco Carnecero, Josefa Elizo, Tomás Elizo, Manuel Serrano y Flora Alonso, de El Torno, de diezmo menudo por 7.500 reales de vellón.
Escritura pública otorgada por José Fernández y Ramón Serrano, de Valdastillas y El Torno, de diezmo menudo por 10.400 reales de vellón.
Escritura pública otorgada por Manuel Muñoz, Manuela de la Calle y Francisco Antonio Rufo, de Valdastillas, de diezmo menudo por 14.075 reales de vellón.