Exención del subsidio y excusado concedido a partir de 1709 por el emprestito de dos millones de escudos concedidos al Rey para la guerra, incluye el repartimiento de cada convento de lo que paga y de lo que deben de dejar de cobrarles, signado el 14 de mayo de 1707 por el escribano real de Madrid, Antonio Teyjeiro.
Contiene la petición de cumplimiento por Manuel López Carrasco en nombre del ministro del Colegio al colector general de las gracias de subsidio excusado, la notificación de lectura de los jueces apostólicos y reales de la Santa Cruzada de Plasencia y la notificación de lectura al Dean y Cabildo de la Catedral de Plasencia
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