
Área de identidad
Tipo de entidad
Forma autorizada del nombre
Forma(s) paralela(s) de nombre
Forma(s) normalizada del nombre, de acuerdo a otras reglas
Otra(s) forma(s) de nombre
Identificadores para instituciones
Área de descripción
Fechas de existencia
Historia
Creada en 1896 por Decreto del Obispo Pedro Casas y Souto, hasta su creación los vecinos de esta población pertenecían a la Parroquia de Nuestra Señora de la Asunción de Navacarros
Lugares
Iglesia de de Nuestra Señora de la Encarnación de Vallejera de Riofrío
Su construcción es aproximadamente a finales del siglo XIX, entre los años 1880-1890. Se compone por tres naves (Una principal y dos pequeñas) y junto a ellas el campanario. En su exterior se compone por un pórtico, dónde se localiza la entrada al salón parroquial (ya inutilizada), y la entrada principal. En el tejado del pórtico se halla la Cruz de la Victoria. Su campanario, formado por piedras de granito apiladas, alcanza los 15 metros de altura. En el superior se localizan dos campanas y un esquilín. En el tejado de la torre, una veleta apunta hacia el sur y colma el campanario. En su interior se forma por una zona baja, con grandes bancos y un pasillo principal. En esta zona permanece una tradición del pueblo y otros tantos de la zona, todas las mujeres en una zona del pasillo, y los hombres en la otra. En la zona intermedia, el altar con las imágenes del Cristo de Vallejera y San Roque, y en lo alto Ntra. Sra. de la Encarnación, presidiendo la iglesia. En la zona superior (teniendo que subir a ella por el campanario), se localiza la tribuna o el estrado, con vista a gran parte del templo. Entre los años 2009-2011 aproximadamente, se llevó a cabo la total restauración de su interior y el tejado, ventanas y pintura en el exterior.
Estatuto jurídico
Según el derecho canónico la parroquia legítimamente erigida tiene personalidad jurídica en virtud del derecho mismo.
Además, la legislación estatal establece que las parroquias de la Iglesia Católica gozarán de personalidad jurídica civil en cuanto la tengan canónica; por lo tanto, las parroquias de la Diócesis de Plasencia erigidas canónicamente, gozan de personalidad jurídica civil.
Acuerdo entre el Estado español y la Santa Sede sobre asuntos jurídicos, firmado el 3 de enero de 1979 en la Ciudad del Vaticano.
Real Decreto 594/2015, de 3 de julio, por el que se regula el Registro de Entidades Religiosas.
Resolución de 3 de diciembre de 2015, de la Dirección General de Cooperación Jurídica Internacional y Relaciones con las Confesiones, sobre inscripción de entidades católicas en el Registro de Entidades Religiosas.
Funciones, ocupaciones y actividades
La parroquia es una determinada comunidad de fieles constituida de modo estable en la Iglesia particular, cuya cura pastoral, bajo la autoridad del obispo diocesano, se encomienda a un párroco como su pastor propio.
Estatuto jurídico
- Libro II. Del pueblo de Dios
- Parte II. De la constitución
jerárquica de la Iglesia. - Sección II. De las Iglesias particulares y de sus agrupaciones.
- Título III. De la ordenación interna de las Iglesias particulares.
- Capítulo VI. De las parroquias, de los párrocos y de los vicarios parroquiales (Cánones 515-552).
Estructura jerárquica
Contexto general
Área de relaciones
Área de puntos de acceso
Puntos de acceso por materia
Puntos de acceso por lugar
Profesiones
Área de control
Identificador de registro de autoridad
Mantenido por
Identificador de la institución
Reglas y/o convenciones usadas
- ISAAR (CPF)
- NPA2
Estado de elaboración
Nivel de detalle
Fechas de creación, revisión o eliminación
2024-02-01. Creación
2024-10-09. Revisada
Idioma(s)
Escritura(s)
Nota de mantenimiento
Gorka Díaz Majada