Permiso concedido por la Diócesis de Plasencia a los solicitantes para contraer matrimonio.
UntitledPiornal
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Permiso concedido por la Diócesis de Plasencia a los solicitantes para contraer matrimonio.
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UntitledLa documentación que conforma esta serie tiene el objetivo de controlar y aprobar la contabilidad de cada parroquia por la autoridad competente de la Diócesis, ya fuera el Obispo o el Vicario General.
El envío de las cuentas de cada parroquia se originó por el cumplimiento de las diversas circulares de los correspondientes Obispos demandándolas, y comprendían varios años. Posteriormente su procedimiento se fue regularizando y su envío era anual para su aprobación, salvo en casos excepcionales.
Se componen de las propias cuentas, que son una copia de las que se registran en las del libro de fábrica de cada parroquia, divididas, en un principio, en cargo y data y posteriormente en ingresos y gastos, su periodicidad suele ser anual. A partir de 1901 incluyen una copia del decreto de aprobación por parte del Obispo, posteriormente se aprobaban con la fecha y el sello del Obispado. Desde 1940 se normalizan por medio de un modelo impreso para todas las parroquias.
Otra de las tipologías que componen la serie son los originales de los justificantes, recibos y facturas anuales de las propias cuentas.
En el siglo XIX incluyen los aranceles de los servicios que prestaba la parroquia.
También incluyen a veces gastos extraordinarios como arreglos de los templos con el presupuesto, autorización y documentación contractual.
Permiso concedido por la Diócesis de Plasencia a los solicitantes para contraer matrimonio.
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UntitledEscritura pública otorgada por Manuel Mesón Gómez, Paula Sánchez de Garganta la Olla del diezmo de castaña por 1950 reales de vellón.
Escritura pública otorgada por Ignacio Martín, Rosa Martín, Manuel García y María Tierno, de Casas del Castañar, de diezmo de castaña por 4.200 reales de vellón.
Faltan datos.
Escritura pública otorgada por Pedro Sánchez, de Barrado, de diezmo menudo por 800 reales de vellón.
Escritura pública otorgada por José Prieto, Luis Prieto, Joaquín Ramos y Miguel Prieto, de Piornal, de diezmo menudo por 18.600 reales de vellón.
Escritura pública otorgada por Pedro Sánchez, de Barrado, de diezmo menudo por 575 reales de vellón.
Escritura pública otorgada por Manuel Pérez Bolívar, María Huertas, Andrés Pérez Bolívar, Francisco Herrero, Juan Martín y Agustín Muñoz, de Garganta la Olla, de diezmo menudo por 30.025 reales de vellón.
Escritura pública otorgada por Juan Durán, Ramón García Luis, Isabel Álvarez, Lorenzo Cañón, Vicenta Morales, Francisco García de la Calle, Micaela Pérez, Agustín Antonio y María Alonso, de El Torno, de diezmo menudo por 19.500 reales de vellón.
Escritura pública otorgada por Santiago Llorente, de Barrado, de diezmo menudo por 200 reales de vellón.
Escritura pública otorgada por José Ramos y Juan Lorenzo, de Piornal y Asperilla, de diezmo menudo por 13.900 reales de vellón.
Escritura pública otorgada por María González, José Serradilla, Francisca Gil, Bartolomé Tierno, María González, Juan Mateos y Catalina González, de Arroyomolinos de la Vera, por 420 reales de vellón.
Escritura pública otorgada por Juan Gil Mateo, María Luengo, Juan Mateos Alonso, Catalina González, José Mateos Alonso, María Mateos Caballero, Francisco Mateos, Ana Alonso, José Rivera y Ana Rubio, de Arroyomolinos de la Vera, de diezmo menudo por 16.450 reales de vellón.
Escritura pública otorgada por Manuel Mesón Gómez, Pula Sánchez, Ventura Márquez y Teresa Días, de Garganta la Olla, de diezmo menudo por 15.764 reales y 24 maravedíes.
Faltan datos.
Escritura pública otorgada por Narciso Bermejo, Manuela Jiménez, Francisco Barrios, Catalina Martín, Joaquín Moreno, Josefa Jiménez, Francisco Picado, Catalina García y Francisco Valverde, de Cabrero y Barrado, de diezmo menudo por 5.500 reales de vellón.
Escritura pública otorgada por Juan Lorenzo Vecino, de Valdastillas, de diezmo nuevo por 13.936 maravedíes.
Escritura pública otorgada por Juan Llorente de Ventura y Faustino Llorente, de Barrado, de diezmo menudo por 200 reales de vellón.
Escritura pública otorgada por Diego Antonio Bermejo, Juana Martín, Faustino Martín y Anastasia Martín, de Casas del Castañar, de diezmo menudo por 7.000 reales de vellón.