Copia autorizada del acuerdo de aprobación de estatuto capitular estando reunido el Deán, Cabildo y beneficiados en la Capilla de San Pablo en el claustro de la Catedral, con presencia del Dean Álvaro de Salazar, el Arcediano de Plasencia Rodrigo de Carvajal y en nombre del racionero Pedro Ferrández de Logroño, el Chantre Gonzalo Gutiérrez, el tesorero Alfonso García, el doctor en decretos y Provisor del Obispado Juan Ferrández de Betanzos, el bachiller y canónigos Rodrigo García y Toribio Martínez de Villalba en nombre también del Arcediano de Trujillo Pedro González de Illescas, el bachiller y racioneros Gonzalo Ferrández de Aguilar, Vasco Gómez de Saavedra, Rodrigo González de Soria, Alfonso González de Hamusco, Nicolas Ferrández de Sandoval y el bachiller Juan Gómez. En presencia del escribano del Cabildo y notario público del Obispado de Plasencia, Juan Sánchez de Segovia expusieron las discordias, disensiones y escándalos que había en las cuentas de las rentas entre los beneficiados y por la pertenencia a uno u otro de les beneficios, también sobre la primera residencia y los vestuarios que habían de ganar primero un beneficiado para que recayese en él un oficio, e incluso que había personas que no eran aptas para recaudar las rentas, al no haber ordenanza ni costumbre anterior sobre las mismas, y que producen una merma en la mesa capitular.
Estableciendo que fuera el cabildo, o la mayor parte de él, el encargado de nombrar a las personas más idóneas para el desempeño de dichos cargos durante un año. La elección se realizaba en el mes de abril, debiendo ser los candidatos miembros del cabildo, haber realizado la primera residencia y haber ganado el vestuario en el segundo año. Una vez designados debían jurar atender el oficio debidamente, y el cabildo les otorgaba sus poderes.
Los hacedores se encargaban de fijar las rentas de los diezmos y eran cuatro: dos para Plasencia con salario de 200 maravedís cada uno, otro para Trujillo y Medellín con salario de 800 maravedís y otro para Béjar con salario de 500 maravedís. Por su parte, el contador era uno y estaba encargado de repartir entre los beneficiados las rentas obtenidas de los diezmos.
Tanto los hacedores como el contador eran considerados como presentes y residentes mientras duraba el ejercicio de su oficio. Antes del día de Navidad debían presentar los libros correspondientes para ser guardados en el arca del Cabildo. En caso de que el contador no entregase dicho libro sería multado con 1.000 maravedís, perdería el salario y no se le haría ración.
Siendo testigos los compañeros de la catedral Francisco Sánchez y Ferrán Martínez y el pertiguero Diego Sánchez