Parroquia de Inmaculado Corazón de María de Ruecas

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Parroquia de Inmaculado Corazón de María de Ruecas

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        Dates of existence

        196? / ~

        History

        Su parroquia se erigió junto con la colonización del pueblo a partir de 1964

        Legal status

        Según el derecho canónico la parroquia legítimamente erigida tiene personalidad jurídica en virtud del derecho mismo.
        Además, la legislación estatal establece que las parroquias de la Iglesia Católica gozarán de personalidad jurídica civil en cuanto la tengan canónica; por lo tanto, las parroquias de la Diócesis de Plasencia erigidas canónicamente, gozan de personalidad jurídica civil.
        Acuerdo entre el Estado español y la Santa Sede sobre asuntos jurídicos, firmado el 3 de enero de 1979 en la Ciudad del Vaticano.
        Real Decreto 594/2015, de 3 de julio, por el que se regula el Registro de Entidades Religiosas.
        Resolución de 3 de diciembre de 2015, de la Dirección General de Cooperación Jurídica Internacional y Relaciones con las Confesiones, sobre inscripción de entidades católicas en el Registro de Entidades Religiosas.

        Functions, occupations and activities

        La parroquia es una determinada comunidad de fieles constituida de modo estable en la Iglesia particular, cuya cura pastoral, bajo la autoridad del obispo diocesano, se encomienda a un párroco como su pastor propio.

        Mandates/sources of authority

        Código de derecho canónico

        • Libro II. Del pueblo de Dios
        • Parte II. De la constitución
          jerárquica de la Iglesia.
        • Sección II. De las Iglesias particulares y de sus agrupaciones.
        • Título III. De la ordenación interna de las Iglesias particulares.
        • Capítulo VI. De las parroquias, de los párrocos y de los vicarios parroquiales (Cánones 515-552).

        Internal structures/genealogy

        General context

        Tras la guerra civil, la dictadura franquista impulsó en determinadas partes del territorio español una reforma agraria encaminada a convertir diferentes espacios de secano en productivas zonas de regadío. Con el fin de acometer esta reforma, el 26 de diciembre de 1939, se promulgó la Ley de Bases para la Colonización de Grandes Zonas Regables y se creó, para ejecutarla, el Instituto Nacional de Colonización. Sin embargo, no fue hasta principios de los años 50, tras una nueva Ley, denominada de Colonización de 1949, cuando se iniciaron las reformas más significativas, ejecutándose los planes y realizando las transformaciones de terrenos más importantes. Se construyeron embalses y pantanos; canales y acequias; carreteras y caminos. Se edificaron un total de 300 pueblos, repartidos por todo el territorio nacional. 81 en la cuenca del Guadalquivir; 54 en la del Guadiana; 41 en la del río Tajo; los restantes se construyeron principalmente en Aragón, Valencia y Salamanca.
        Rosalejo está enmarcado en el "Plan Badajoz", se colonizo entre los años 1964 y 1965 con la llegada de sus primeros habitantes

        Relationships area

        Access points area

        Place access points

        Occupations

        Control area

        Authority record identifier

        ES-10148-AHDP-AUT-974

        Institution identifier

        ES-10148-AHDP

        Rules and/or conventions used

        • ISAAR (CPF)
        • NPA2

        Status

        Revised

        Level of detail

        Partial

        Dates of creation, revision and deletion

        2024-02-01. Creación
        2024-10-09. Revisada

        Language(s)

          Script(s)

            Maintenance notes