Parroquia de Nuestra Señora de la Asunción de Berrocalejo

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Área de identidad

Tipo de entidad

Entidad colectiva

Forma autorizada del nombre

Parroquia de Nuestra Señora de la Asunción de Berrocalejo

Forma(s) paralela(s) de nombre

    Forma(s) normalizada del nombre, de acuerdo a otras reglas

      Otra(s) forma(s) de nombre

        Identificadores para instituciones

        Área de descripción

        Fechas de existencia

        Historia

        Originariamente pertenecía a la Diócesis de Ávila hasta 1958 que se integro en la Diócesis de Plasencia. Su iglesia se construyo en el siglo XVI y tuvo importantes reformas en el siglo XVIII. Cuenta la tradición que su edificación se hizo por mandato de Fray Hernando de Talavera, confesor de Isabel la Católica, cuando era obispo de Ávila en 1486 y Berrocalejo pertenecía a aquella diócesis.

        Lugares

        Iglesia de Nuestra Señora de la Asunción de Berrocalejo
        Su única nave se halla dividida en cuatro tramos por arcos rebajados sustentados por pilares cuadrados reforzados al exterior por contrafuertes. La bóveda resultante es por tanto de cañón con lunetos. A los pies, un gran arco carpanel sostiene el coro, bajo el cual se inicia la escalera de ascenso a la torre situada en el eje central de la nave, cuya techumbre vierte a dos aguas. Dicha torre es de planta cuadrada con dos cuerpos separados por una cornisa. En el cuerpo superior se abren cuatro vanos con arcos de medio punto, rematándose su coronamiento con una pequeña cúpula.
        En el presbítero, un cimborrio octogonal cobija una cúpula sobre pechinas separadas del cubo absidial por una cornisa moldurada característica de la etapa barroca del templo. A la derecha se sitúa la sacristía, iluminada por un ventanal con ribetes listados y sobre ella una pequeña espadaña.

        Estatuto jurídico

        Según el derecho canónico la parroquia legítimamente erigida tiene personalidad jurídica en virtud del derecho mismo.
        Además, la legislación estatal establece que las parroquias de la Iglesia Católica gozarán de personalidad jurídica civil en cuanto la tengan canónica; por lo tanto, las parroquias de la Diócesis de Plasencia erigidas canónicamente, gozan de personalidad jurídica civil.
        Acuerdo entre el Estado español y la Santa Sede sobre asuntos jurídicos, firmado el 3 de enero de 1979 en la Ciudad del Vaticano.
        Real Decreto 594/2015, de 3 de julio, por el que se regula el Registro de Entidades Religiosas.
        Resolución de 3 de diciembre de 2015, de la Dirección General de Cooperación Jurídica Internacional y Relaciones con las Confesiones, sobre inscripción de entidades católicas en el Registro de Entidades Religiosas.

        Funciones, ocupaciones y actividades

        La parroquia es una determinada comunidad de fieles constituida de modo estable en la Iglesia particular, cuya cura pastoral, bajo la autoridad del obispo diocesano, se encomienda a un párroco como su pastor propio.

        Estatuto jurídico

        Código de derecho canónico

        • Libro II. Del pueblo de Dios
        • Parte II. De la constitución
          jerárquica de la Iglesia.
        • Sección II. De las Iglesias particulares y de sus agrupaciones.
        • Título III. De la ordenación interna de las Iglesias particulares.
        • Capítulo VI. De las parroquias, de los párrocos y de los vicarios parroquiales (Cánones 515-552).

        Estructura jerárquica

        Contexto general

        Área de relaciones

        Área de puntos de acceso

        Puntos de acceso por lugar

        Profesiones

        Área de control

        Identificador de registro de autoridad

        ES-10148-AHDP-AUT-702

        Identificador de la institución

        ES-10148-AHDP

        Reglas y/o convenciones usadas

        • ISAAR (CPF)
        • NPA2

        Estado de elaboración

        Revisado

        Nivel de detalle

        Parcial

        Fechas de creación, revisión o eliminación

        2024-02-01. Creación
        2024-10-09. Revisada

        Idioma(s)

          Escritura(s)

            Nota de mantenimiento

            Gorka Díaz Majada