Parroquia de San Blas de Oliva de Plasencia

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Parroquia de San Blas de Oliva de Plasencia

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        Dates of existence

        History

        Su iglesia fue construida entre los siglos XVI y XVII en estilo renacentista

        Places

        Iglesia de San Blas de Oliva de Plasencia
        Su estructura es principalmente de mampostería, aunque cuenta con algunos elementos de sillería granítica, destacando entre estos últimos su campanario, que es una torre de tres cuerpos separada del resto del edificio por su propia escalera de acceso, ubicada en el oeste del templo. En su exterior, la iglesia cuenta con cubierta a dos aguas de teja y fachada en piedra vista sin revestimiento.
        Se estructura en una sola nave de planta rectangular, de tres tramos con arcadas de medio punto, más una capilla y una sacristía en el lado de la Epístola. Se accede al interior del templo por un atrio ubicado entre la capilla y la sacristía, en el cual se ubica la portada de acceso, formada por un arco de medio punto en cantería con impostas; existió otra portada lateral de medio punto, pero está actualmente tapiada. En el interior, la puerta de la sacristía es un arco conopial de cantería, mientras que el presbiterio está separado por un gran arco triunfal ojival; en esta cabecera destacan su retablo mayor barroco del siglo XVIII y su artesonado mudéjar, algo deteriorado, formado por una estructura octogonal sobre trompas y decorado con lacerías. Los vanos de las ventanas son cuadrados y rectangulares y los de las campanas de la torre son de medio punto

        Legal status

        Según el derecho canónico la parroquia legítimamente erigida tiene personalidad jurídica en virtud del derecho mismo.
        Además, la legislación estatal establece que las parroquias de la Iglesia Católica gozarán de personalidad jurídica civil en cuanto la tengan canónica; por lo tanto, las parroquias de la Diócesis de Plasencia erigidas canónicamente, gozan de personalidad jurídica civil.
        Acuerdo entre el Estado español y la Santa Sede sobre asuntos jurídicos, firmado el 3 de enero de 1979 en la Ciudad del Vaticano.
        Real Decreto 594/2015, de 3 de julio, por el que se regula el Registro de Entidades Religiosas.
        Resolución de 3 de diciembre de 2015, de la Dirección General de Cooperación Jurídica Internacional y Relaciones con las Confesiones, sobre inscripción de entidades católicas en el Registro de Entidades Religiosas.

        Functions, occupations and activities

        La parroquia es una determinada comunidad de fieles constituida de modo estable en la Iglesia particular, cuya cura pastoral, bajo la autoridad del obispo diocesano, se encomienda a un párroco como su pastor propio.

        Mandates/sources of authority

        Código de derecho canónico

        • Libro II. Del pueblo de Dios
        • Parte II. De la constitución
          jerárquica de la Iglesia.
        • Sección II. De las Iglesias particulares y de sus agrupaciones.
        • Título III. De la ordenación interna de las Iglesias particulares.
        • Capítulo VI. De las parroquias, de los párrocos y de los vicarios parroquiales (Cánones 515-552).

        Internal structures/genealogy

        General context

        Relationships area

        Access points area

        Occupations

        Control area

        Authority record identifier

        ES-10148-AHDP-AUT-890

        Institution identifier

        ES-10148-AHDP

        Rules and/or conventions used

        • ISAAR (CPF)
        • NPA2

        Status

        Revised

        Level of detail

        Partial

        Dates of creation, revision and deletion

        2024-02-01. Creación
        2024-10-09. Revisada

        Language(s)

          Script(s)

            Maintenance notes

            Gorka Díaz Majada