Parroquia de La Vera Cruz de Santa Cruz de la Sierra

Original Objeto digital not accessible

Área de identidad

Tipo de entidad

Entidad colectiva

Forma autorizada del nombre

Parroquia de La Vera Cruz de Santa Cruz de la Sierra

Forma(s) paralela(s) de nombre

    Forma(s) normalizada del nombre, de acuerdo a otras reglas

      Otra(s) forma(s) de nombre

        Identificadores para instituciones

        Área de descripción

        Fechas de existencia

        Historia

        Su iglesia fue construida a lo largo del siglo XV. Según todos los indicios de que se dispone por ahora, fue construida en el lugar de culto de una mezquita levantada sobre una antigua basílica visigoda que, a su vez, reutilizó los restos de un primitivo templo romano

        Lugares

        Iglesia de La Vera Cruz de Santa Cruz de la Sierra
        Se trata de un edificio de extensas proporciones, de planta rectangular, construido a base de mampostería y sillería de granito.
        La portada de medio punto por la que habitualmente se accede al interior se localiza en el costado sur, cobijada por un elegante pórtico del siglo XVII, con siete arcos de medio punto sobre pilares de sencilla molduración sostenidos sobre un zócalo liso de mampostería situado a media altura.
        Hay otra a los pies del templo, lo que permite un segundo acceso al interior. Se trata en este caso de una hermosa portada de finales del siglo XV –lo que la convierte en uno de los elementos más antiguos del edificio–, de estilo gótico, enmarcada en su parte interior por dos finas columnas adosadas, mientras que el exterior queda configurado por una serie de arquivoltas apuntadas que descansan sobre columnillas rematadas por capiteles decorados con sencillos elementos vegetales. Corona el conjunto una pequeña cruz de piedra junto a la que se ubica una espadaña.
        También a los pies, se alza la torre, de mediana altura, con vanos de medio punto en sus cuatro frentes y rematada por un chapitel cuadrangular de mampostería. Fue restaurada en los años 80.
        En su interior, presenta una sola nave central cubierta con techumbre de madera a dos aguas, dividida en tramos por tres arcos ojivales sobre columnas con capiteles decorados con molduras góticas.
        El amplio ábside, de planta ochavada, está cubierto por dos tramos de bóveda de crucería con terceletes, en cuya clave central aparece el escudo episcopal de Gutierre Álvarez de Toledo, obispo de Plasencia de junio de 1496 a agosto de 1506, así como la inscripción «año de MDIII años».
        El coro, que ocupa el tramo más alejado del ábside, se alza sobre tres arcos, uno central rebajado y dos de medio punto laterales, todo integrado en un bello conjunto plateresco del siglo XV

        Estatuto jurídico

        Según el derecho canónico la parroquia legítimamente erigida tiene personalidad jurídica en virtud del derecho mismo.
        Además, la legislación estatal establece que las parroquias de la Iglesia Católica gozarán de personalidad jurídica civil en cuanto la tengan canónica; por lo tanto, las parroquias de la Diócesis de Plasencia erigidas canónicamente, gozan de personalidad jurídica civil.
        Acuerdo entre el Estado español y la Santa Sede sobre asuntos jurídicos, firmado el 3 de enero de 1979 en la Ciudad del Vaticano.
        Real Decreto 594/2015, de 3 de julio, por el que se regula el Registro de Entidades Religiosas.
        Resolución de 3 de diciembre de 2015, de la Dirección General de Cooperación Jurídica Internacional y Relaciones con las Confesiones, sobre inscripción de entidades católicas en el Registro de Entidades Religiosas.

        Funciones, ocupaciones y actividades

        La parroquia es una determinada comunidad de fieles constituida de modo estable en la Iglesia particular, cuya cura pastoral, bajo la autoridad del obispo diocesano, se encomienda a un párroco como su pastor propio.

        Estatuto jurídico

        Código de derecho canónico

        • Libro II. Del pueblo de Dios
        • Parte II. De la constitución
          jerárquica de la Iglesia.
        • Sección II. De las Iglesias particulares y de sus agrupaciones.
        • Título III. De la ordenación interna de las Iglesias particulares.
        • Capítulo VI. De las parroquias, de los párrocos y de los vicarios parroquiales (Cánones 515-552).

        Estructura jerárquica

        Contexto general

        Área de relaciones

        Área de puntos de acceso

        Puntos de acceso por lugar

        Profesiones

        Área de control

        Identificador de registro de autoridad

        ES-10148-AHDP-AUT-986

        Identificador de la institución

        ES-10148-AHDP

        Reglas y/o convenciones usadas

        • ISAAR (CPF)
        • NPA2

        Estado de elaboración

        Revisado

        Nivel de detalle

        Parcial

        Fechas de creación, revisión o eliminación

        2024-02-01. Creación
        2024-10-09. Revisada

        Idioma(s)

          Escritura(s)

            Nota de mantenimiento

            Gorka Díaz Majada