
Área de identidad
Tipo de entidad
Forma autorizada del nombre
Forma(s) paralela(s) de nombre
Forma(s) normalizada del nombre, de acuerdo a otras reglas
Otra(s) forma(s) de nombre
Identificadores para instituciones
Área de descripción
Fechas de existencia
Historia
Su iglesia se encuentra arruinada debido al abandono del pueblo por sus vecino en 1837
Estatuto jurídico
Según el derecho canónico la parroquia legítimamente erigida tiene personalidad jurídica en virtud del derecho mismo.
Además, la legislación estatal establece que las parroquias de la Iglesia Católica gozarán de personalidad jurídica civil en cuanto la tengan canónica; por lo tanto, las parroquias de la Diócesis de Plasencia erigidas canónicamente, gozan de personalidad jurídica civil.
Acuerdo entre el Estado español y la Santa Sede sobre asuntos jurídicos, firmado el 3 de enero de 1979 en la Ciudad del Vaticano.
Real Decreto 594/2015, de 3 de julio, por el que se regula el Registro de Entidades Religiosas.
Resolución de 3 de diciembre de 2015, de la Dirección General de Cooperación Jurídica Internacional y Relaciones con las Confesiones, sobre inscripción de entidades católicas en el Registro de Entidades Religiosas.
Funciones, ocupaciones y actividades
La parroquia es una determinada comunidad de fieles constituida de modo estable en la Iglesia particular, cuya cura pastoral, bajo la autoridad del obispo diocesano, se encomienda a un párroco como su pastor propio.
Estatuto jurídico
- Libro II. Del pueblo de Dios
- Parte II. De la constitución
jerárquica de la Iglesia. - Sección II. De las Iglesias particulares y de sus agrupaciones.
- Título III. De la ordenación interna de las Iglesias particulares.
- Capítulo VI. De las parroquias, de los párrocos y de los vicarios parroquiales (Cánones 515-552).
Estructura jerárquica
Contexto general
Su despoblación se produjo a partir de la Guerra Peninsular, pues en 1808 fue devastada por los franceses y quedó reducida a diez casas, quedando la localidad al borde del abandono. El hecho de que Vadillo era el lugar más palúdico del valle influyó para que no se reconstruyese debidamente tras su destrucción.
En 1834 se constituyó brevemente como municipio constitucional dentro del partido judicial de Plasencia. No obstante, el municipio de Vadillo tuvo una duración escasa, ya que en 1837 el pueblo fue abandonado por sus vecinos como consecuencia de la Primera Guerra Carlista.
A mediados del siglo XIX se había integrado en el municipio de Cabezuela y quedaban en él tres casas más la iglesia parroquial de Nuestra Señora del Vado
Área de relaciones
Área de puntos de acceso
Puntos de acceso por materia
Puntos de acceso por lugar
Profesiones
Área de control
Identificador de registro de autoridad
Mantenido por
Identificador de la institución
Reglas y/o convenciones usadas
- ISAAR (CPF)
- NPA2
Estado de elaboración
Nivel de detalle
Fechas de creación, revisión o eliminación
2024-02-28. Creación
2024-10-09. Revisada
Idioma(s)
Escritura(s)
Fuentes
Nota de mantenimiento
Gorka Díaz Majada