
Área de identidad
Tipo de entidad
Forma autorizada del nombre
Forma(s) paralela(s) de nombre
Forma(s) normalizada del nombre, de acuerdo a otras reglas
Otra(s) forma(s) de nombre
Identificadores para instituciones
Área de descripción
Fechas de existencia
Historia
Su iglesia comenzó a construirse a finales del siglo XV y completada en su mayor parte en el siglo XVI, siendo su principal mecenas Francisco de Carvajal y Trejo. El templo ha sufrido numerosas obras debido a su mal estado de conservación. Los más graves fueron los que provocaron el desplome de gran parte de la iglesia, lo que provocó en el siglo XIX el cambio de la cubierta por una de madera.
Lugares
Iglesia de San Miguel Arcángel de Torrejón el Rubio
La planta del templo es de estructura basilical con dos zonas bien diferenciadas. La de la capilla está cerrada por una preciosa bóveda estrellada. Las 4 impostas sobre la que se sostiene son de decoración claramente vegetal. Mientras, las claves, son el escudo del mecenas de la capilla, Francisco de Carvajal y Trejo, sobresaliendo la gran clave central que es el escudo de los Carvajal. Los nervios de la bóveda están totalmente pintados, dado que perdieron su pignoración original.
La segunda parte del templo está separada de la primera por un arco apuntado u ojival. Su techumbre es de madera, bastante más tosca. Todo apunta que fue una solución a la derrumbe del original y que fue realizada a lo largo del siglo XIX. En esta zona se encuentra el coro, que se levanta sobre dos arcos carpaneles y una bóveda de crucería
Estatuto jurídico
Según el derecho canónico la parroquia legítimamente erigida tiene personalidad jurídica en virtud del derecho mismo.
Además, la legislación estatal establece que las parroquias de la Iglesia Católica gozarán de personalidad jurídica civil en cuanto la tengan canónica; por lo tanto, las parroquias de la Diócesis de Plasencia erigidas canónicamente, gozan de personalidad jurídica civil.
Acuerdo entre el Estado español y la Santa Sede sobre asuntos jurídicos, firmado el 3 de enero de 1979 en la Ciudad del Vaticano.
Real Decreto 594/2015, de 3 de julio, por el que se regula el Registro de Entidades Religiosas.
Resolución de 3 de diciembre de 2015, de la Dirección General de Cooperación Jurídica Internacional y Relaciones con las Confesiones, sobre inscripción de entidades católicas en el Registro de Entidades Religiosas.
Funciones, ocupaciones y actividades
La parroquia es una determinada comunidad de fieles constituida de modo estable en la Iglesia particular, cuya cura pastoral, bajo la autoridad del obispo diocesano, se encomienda a un párroco como su pastor propio.
Estatuto jurídico
- Libro II. Del pueblo de Dios
- Parte II. De la constitución
jerárquica de la Iglesia. - Sección II. De las Iglesias particulares y de sus agrupaciones.
- Título III. De la ordenación interna de las Iglesias particulares.
- Capítulo VI. De las parroquias, de los párrocos y de los vicarios parroquiales (Cánones 515-552).
Estructura jerárquica
Contexto general
Área de relaciones
Área de puntos de acceso
Puntos de acceso por materia
Puntos de acceso por lugar
Profesiones
Área de control
Identificador de registro de autoridad
Mantenido por
Identificador de la institución
Reglas y/o convenciones usadas
- ISAAR (CPF)
- NPA2
Estado de elaboración
Nivel de detalle
Fechas de creación, revisión o eliminación
2024-02-01. Creación
2024-10-09. Revisada
Idioma(s)
Escritura(s)
Nota de mantenimiento
Gorka Díaz Majada